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Planilla Electrónica PLAME 2026: cómo declarar remuneraciones y aportes en SUNAT

SUNAT — Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria

La Planilla Electrónica es el sistema de SUNAT que todo empleador en Perú debe usar para declarar las remuneraciones, aportes y retenciones de sus trabajadores. Tiene dos componentes: el T-Registro (donde inscribes los datos de cada trabajador) y la PLAME (la declaración mensual de sueldos, EsSalud 9%, ONP 13% o AFP, y retenciones de renta de 5ta categoría). Desde enero 2026 se usa el PDT PLAME versión 4.6 (R.S. 000016-2026/SUNAT), que incorpora la nueva UIT de S/ 5,500. También está disponible PLAME Web para empleadores con hasta 10 trabajadores, sin descargar software.

Última actualización18 de abril de 2026
Entidad responsableSUNAT
Fuente oficialsunat.gob.pe (PLAME)
Guía informativa independiente. No somos SUNAT. Verifica siempre en la fuente oficial.
Costo Gratuito La declaración no tiene costo
Frecuencia Declaración mensual Según cronograma de SUNAT
Modalidad Online Portal SOL con Clave SOL
Multa por no declarar 1 UIT = S/ 5,500 Gradualidad 100% si subsanas voluntariamente
Documentos necesarios

Qué necesitas para declarar la Planilla Electrónica PLAME

Requisitos para presentar tu declaración mensual ante SUNAT con el PDT PLAME versión 4.6 o PLAME Web.

🔑
RUC activo de empleador y Clave SOL

Tu RUC debe estar activo con actividad económica vigente. Tu Clave SOL debe estar habilitada para acceder al Portal SOL de SUNAT.

👥
Trabajadores registrados en T-Registro

Todos tus trabajadores, pensionistas y prestadores de servicios deben estar inscritos previamente en el T-Registro. El registro es obligatorio dentro de las primeras 24 horas de ingreso del trabajador.

💻
PDT PLAME versión 4.6 instalado

Descarga gratuita desde sunat.gob.pe. Versión obligatoria desde enero 2026 (R.S. 000016-2026/SUNAT). Alternativa: PLAME Web para empleadores con hasta 10 trabajadores.

💵
Información de remuneraciones del periodo

Detalle de sueldos brutos, días trabajados y no trabajados, horas extras, asignación familiar, comisiones, bonificaciones y demás conceptos remunerativos del mes.

📋
Datos del régimen pensionario de cada trabajador

Saber si cada trabajador está en ONP (13%) o en una AFP específica (comisión variable), y si tiene cobertura SCTR, Seguro Vida Ley u otros seguros obligatorios.

Paso a paso

Cómo declarar la Planilla Electrónica PLAME paso a paso

Sigue estos 8 pasos para presentar tu declaración mensual ante SUNAT con el PDT PLAME versión 4.6.

  1. 1

    Accede al Portal SOL con tu Clave SOL

    Ingresa a e-menu.sunat.gob.pe con tu número de RUC, usuario y Clave SOL. Verifica que tu domicilio fiscal y datos del empleador estén actualizados.

  2. 2

    Descarga el PDT PLAME versión 4.6 o usa PLAME Web

    Descarga el PDT PLAME v4.6 (obligatorio desde enero 2026, R.S. 000016-2026/SUNAT) e instálalo. Si tienes hasta 10 trabajadores, puedes usar PLAME Web directamente desde el Portal SOL sin descargar software.

  3. 3

    Sincroniza los datos desde T-Registro

    Importa los datos actualizados de tus trabajadores, pensionistas y prestadores de servicios desde el T-Registro. Verifica que todas las altas, bajas y modificaciones estén registradas antes de declarar.

  4. 4

    Registra remuneraciones y días trabajados

    Ingresa por cada trabajador: remuneración bruta, días trabajados y no trabajados, horas extras, asignación familiar (S/ 102.50 en 2026), comisiones, bonificaciones y demás conceptos remunerativos del periodo.

  5. 5

    Calcula los aportes del empleador

    Registra los aportes a cargo del empleador: EsSalud (9%) de la remuneración bruta, SCTR si la actividad es de alto riesgo, Seguro Vida Ley para trabajadores con 4+ años, y SENATI (0.75%) si eres empresa industrial con 20+ trabajadores.

  6. 6

    Registra las retenciones al trabajador

    Ingresa las retenciones: ONP (13%) si el trabajador está en el Sistema Nacional de Pensiones, o la comisión AFP correspondiente. Calcula la retención de renta de 5ta categoría según la tabla progresiva acumulada (tramos de 5, 20, 35, 45 UIT).

  7. 7

    Valida y genera el archivo de declaración

    Ejecuta la validación automática del PDT. El sistema verificará consistencias entre remuneraciones, aportes y retenciones. Corrige los errores si los hay y genera el archivo de declaración jurada.

  8. 8

    Envía la declaración y paga los aportes

    Envía la declaración por el Portal SOL. Paga los aportes (EsSalud, ONP/AFP) y retenciones (renta 5ta) mediante la Guía de Pagos Varios, cargo en cuenta bancaria o NPS (pago en agentes y bodegas).

Obligaciones del empleador

Quiénes están obligados a presentar la Planilla Electrónica PLAME

Según el D.S. 018-2007-TR y sus modificatorias, estos son los sujetos obligados a llevar Planilla Electrónica.

🏢
Empleadores con trabajadores en planilla

Toda persona natural o jurídica que tenga al menos un trabajador dependiente bajo cualquier régimen laboral (general, MYPE, agrario, construcción civil).

🎓
Empresas con practicantes o personal en formación

Entidades con convenios de prácticas preprofesionales, profesionales, o programas de capacitación laboral juvenil (Ley 28518).

📄
Pagadores de rentas de 4ta categoría con retención

Empresas que paguen honorarios a prestadores de servicios independientes y deban retener el 8% de Impuesto a la Renta de 4ta categoría.

🏠
Empleadores de trabajadores del hogar

Personas naturales que tengan trabajadores del hogar con beneficios laborales (EsSalud, gratificaciones, CTS, vacaciones).

👴
Entidades con pensionistas

Organizaciones que paguen pensiones de jubilación y deban retener Impuesto a la Renta de 5ta categoría sobre las pensiones.

🏥
Empresas con EPS o SCTR-EsSalud

Empleadores que contraten Entidades Prestadoras de Salud (EPS) o que suscriban cobertura SCTR directamente con EsSalud.

Contenido de la declaración

Qué conceptos se declaran en la PLAME: aportes, retenciones y contribuciones

Todos los conceptos tributarios y laborales que se registran mensualmente en la Planilla Electrónica.

Aportes del empleador

A cargo de la empresa

  • EsSalud: 9% de la remuneración bruta
  • SCTR: para actividades de alto riesgo (D.S. 009-97-SA)
  • Seguro Vida Ley: trabajadores con 4+ años de servicio
  • SENATI: 0.75% (empresas industriales con 20+ trabajadores)
  • EPS: crédito contra EsSalud si contrata EPS

Retenciones al trabajador

Descontadas del sueldo

  • ONP: 13% (Sistema Nacional de Pensiones)
  • AFP: comisión variable según AFP elegida
  • Renta 5ta categoría: según tabla progresiva acumulada
  • Renta 4ta categoría: 8% a prestadores de servicios
  • Préstamos: descuentos judiciales, alimentos, etc.

Información laboral

Datos del periodo

  • Remuneración bruta: sueldo base + asignación familiar
  • Días trabajados/no trabajados: por cada trabajador
  • Horas extras: con sobretasa del 25% o 35%
  • Subsidios: incapacidad temporal, maternidad (EsSalud)
  • Gratificaciones: julio y diciembre + bonificación 9%
Sanciones vigentes 2026

Multas por no declarar la PLAME y régimen de gradualidad

Infracciones, montos en soles y cómo reducir la multa hasta en 100% subsanando voluntariamente. UIT 2026 = S/ 5,500.

Infracción Régimen General / MYPE RER Base legal
No presentar la PLAME en el plazo 1 UIT = S/ 5,500 50% UIT = S/ 2,750 Art. 176 num. 1 CT
Declarar datos incorrectos 50% del tributo omitido 50% del tributo omitido Art. 178 num. 1 CT
No pagar retenciones (ONP, renta) 50% del tributo retenido 50% del tributo retenido Art. 178 num. 4 CT
No registrar trabajadores (SUNAFIL) S/ 5,775 – S/ 123,750 D.S. 019-2006-TR
Régimen de gradualidad — R.S. 007-2025/SUNAT
Momento de subsanación Rebaja Pagas
Voluntaria — antes de ser notificado 100% S/ 0
Inducida con pago — hasta 7 días hábiles 99% S/ 55
Inducida con pago — 8 a 120 días hábiles 97% S/ 165
Inducida sin pago — hasta 7 días hábiles 98% S/ 110
Inducida sin pago — 8 a 120 días hábiles 96% S/ 220
Información de pago

Costo de la declaración PLAME y medios de pago de aportes

Costo de la declaración

La declaración PLAME es gratuita. Lo que sí pagas son los aportes y retenciones declarados: EsSalud, ONP/AFP, renta 5ta. El pago se hace mediante Guía de Pagos Varios, cargo en cuenta bancaria o NPS (agentes y bodegas).

Contacto comercial: [email protected]

Recomendación verificada

Consejos de TrámitesPerú para declarar la PLAME sin errores

Consulta tu fecha de vencimiento exacta en el cronograma SUNAT 2026 según tu último dígito de RUC. Declara al menos 2 días antes del vencimiento para evitar congestión en el portal.

Sincroniza el T-Registro antes de abrir el PLAME cada mes. Si das de alta o baja a un trabajador después de sincronizar, tendrás que volver a importar los datos.

Si te pasaste del plazo, declara de inmediato sin esperar. La subsanación voluntaria (antes de que SUNAT te notifique) tiene gradualidad del 100%: no pagas multa. Si esperas la notificación, pierdes ese beneficio.

Si tienes hasta 10 trabajadores, prueba PLAME Web desde el Portal SOL. No necesitas descargar ni instalar software, y es más rápido para planillas pequeñas.

Ojo con esto

Errores frecuentes al declarar la PLAME que pueden costarte multas

Declarar fuera del cronograma y no subsanar de inmediato. La multa base es 1 UIT (S/ 5,500), pero si subsanas voluntariamente antes de que SUNAT te notifique, la gradualidad es 100% y no pagas nada. El error grave es esperar la notificación.

No sincronizar T-Registro antes de declarar. Si registras un trabajador nuevo y no sincronizas, no aparecerá en la PLAME. Y si no lo registras en T-Registro dentro de 24 horas del ingreso, SUNAFIL puede multarte hasta S/ 123,750.

Confundir aportes del empleador con retenciones al trabajador. EsSalud (9%) es a cargo del empleador y no se descuenta del sueldo. ONP (13%) o AFP sí se descuenta al trabajador. Mezclarlos genera inconsistencias que SUNAT detecta en la validación.

Usar una versión antigua del PDT PLAME. Desde enero 2026 es obligatoria la versión 4.6. Si declaras con una versión anterior, el sistema rechazará tu archivo al enviarlo. Descarga siempre la última versión desde sunat.gob.pe.

Lo que siempre preguntan

Preguntas frecuentes sobre la Planilla Electrónica PLAME 2026

¿Cuál es la fecha límite para presentar la PLAME en 2026?

El vencimiento varía entre el 14 y 24 del mes siguiente al periodo declarado, según el último dígito del RUC del empleador, conforme al cronograma de obligaciones mensuales aprobado por R.S. 281-2022/SUNAT. Consulta las fechas exactas en nuestro cronograma SUNAT 2026.

¿Cuánto es la multa por no presentar la PLAME a tiempo?

La multa base es 1 UIT = S/ 5,500 para el Régimen General y MYPE Tributario, y 50% UIT = S/ 2,750 para el RER. Sin embargo, si subsanas voluntariamente antes de ser notificado por SUNAT, obtienes 100% de gradualidad (no pagas multa), según R.S. 007-2025/SUNAT.

¿Qué versión del PDT PLAME debo usar en 2026?

La versión obligatoria desde enero 2026 es el PDT PLAME versión 4.6, aprobada por R.S. 000016-2026/SUNAT. Incorpora la nueva UIT de S/ 5,500 que afecta el cálculo de retenciones de renta de 5ta categoría, deducciones y topes.

¿Qué diferencia hay entre PLAME y T-Registro?

El T-Registro es donde inscribes los datos del trabajador: alta, baja, régimen laboral, régimen pensionario, datos personales. La PLAME es la declaración mensual donde registras remuneraciones, aportes (EsSalud 9%, SCTR) y retenciones (ONP 13%, AFP, renta 5ta). Primero registras en T-Registro, luego declaras mensualmente en PLAME.

¿Tiene costo presentar la PLAME?

La declaración es gratuita. Se presenta online desde e-menu.sunat.gob.pe con tu RUC y Clave SOL. Lo que sí pagas son los aportes y retenciones declarados (EsSalud, ONP/AFP, renta 5ta).

¿Quiénes están obligados a presentar la PLAME?

Todo empleador con al menos un trabajador en planilla, incluyendo practicantes, trabajadores del hogar, pensionistas y prestadores de servicios con retención de 4ta categoría. También empresas que contraten EPS o SCTR con EsSalud (D.S. 018-2007-TR).

¿Puedo usar PLAME Web en vez de descargar el PDT?

Sí. Desde noviembre 2023 está disponible PLAME Web (FV 601 Web) para empleadores privados con hasta 10 trabajadores y/o 10 prestadores de servicios. Permite declarar EsSalud, ONP y retenciones de renta 4ta y 5ta directamente desde el Portal SOL sin instalar software.

¿Puedo rectificar una PLAME ya presentada?

Sí. Puedes presentar una PLAME rectificatoria desde el Portal SOL. La rectificación reemplaza completamente la declaración original del mismo periodo. No tiene costo adicional ni penalidad, siempre que no implique menor pago de tributos.

¿Qué porcentaje de EsSalud y ONP se declara en la PLAME?

EsSalud: 9% de la remuneración bruta mensual, a cargo del empleador (no se descuenta del sueldo). ONP: 13% de la remuneración bruta, retenido al trabajador que esté en el Sistema Nacional de Pensiones. Si el trabajador está en AFP, se retiene la comisión correspondiente a su AFP.

¿Qué pasa si no registro a mis trabajadores en T-Registro?

No podrás incluirlos en la PLAME. Además, SUNAFIL puede imponerte multas que van desde S/ 550 (microempresa) hasta S/ 123,750 (empresa no MYPE) por no registrar trabajadores. El registro en T-Registro es obligatorio dentro de las primeras 24 horas de ingreso del trabajador.

Información útil de SUNAT

Horario de atenciónLunes a viernes: 8:30 a.m. – 5:00 p.m.
Centros de Servicios al Contribuyente
Central telefónica(01) 315-0730 / 0-801-12-100
Línea gratuita desde provincias
Portal SOLe-menu.sunat.gob.pe
Operaciones en Línea con Clave SOL

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