¿Qué es el régimen Tax Free en Perú?
El régimen Tax Free es el mecanismo legal por el cual SUNAT devuelve el IGV (18%) pagado por turistas extranjeros en compras realizadas en establecimientos autorizados durante su estadía en Perú. Está regulado por la Ley 28780 (2006) y su Reglamento DS 161-2007-EF, modificado por DS 226-2020-EF. El objetivo es incentivar el turismo de compras y posicionar a Perú como destino atractivo.
¿Quiénes pueden solicitar la devolución del IGV en Perú?
Los turistas extranjeros no domiciliados en Perú, mayores de edad, con calidad migratoria de turista y estadía no superior a 60 días continuos. Deben llevar pasaporte extranjero vigente y, si vienen de la Comunidad Andina, tarjeta andina de migración. Los peruanos NO califican, aunque residan en el extranjero. Los extranjeros con residencia en Perú (carné de extranjería) tampoco.
¿Cuál es el monto mínimo de compra para el Tax Free?
El monto mínimo es de S/50 por boleta o factura. Las compras menores no califican. Si tu monto por boleta es mayor pero no muy elevado, la comisión del operador (10-15%) puede reducir significativamente el beneficio neto — conviene concentrar compras en boletas de monto mediano-alto. NO hay tope máximo legal por boleta o por turista, pero el operador puede aplicar topes operativos.
¿Qué productos puedo comprar bajo el régimen Tax Free?
Bienes muebles destinados a USO PERSONAL en el extranjero: ropa, calzado, artesanías peruanas, productos de alpaca, joyería, café, chocolate, cosméticos, electrónicos, decoración. EXCLUIDOS: combustibles, vehículos, alimentos para consumo inmediato, bebidas alcohólicas (con algunas excepciones), cigarrillos, armas, animales vivos, plantas, productos perecibles. Tampoco aplican los servicios (alojamiento, transporte, restaurantes, tours, masajes).
¿Dónde están los puntos de devolución del Tax Free?
6 puntos autorizados: Aeropuerto Jorge Chávez (Lima/Callao, principal), Velasco Astete (Cusco), Rodríguez Ballón (Arequipa), FAP Francisco Secada (Iquitos), frontera Aguas Verdes-Huaquillas (Tumbes-Ecuador), frontera Desaguadero (Puno-Bolivia). Los counters Tax Free están en la zona de salidas internacionales, claramente señalizados.
¿Cuándo debo solicitar la devolución?
AL MOMENTO DE SALIR del Perú por uno de los puntos autorizados. La devolución se solicita ANTES de hacer el check-in (o antes de cruzar el control migratorio en frontera) para que el operador pueda verificar físicamente los bienes. Recomendado: llegar 3 horas antes del vuelo internacional. Si ya cruzaste el control migratorio sin gestionar la devolución, pierdes el beneficio.
¿Cuánto cobra el operador por la gestión?
Los operadores autorizados (Global Blue Perú y otros) cobran una comisión típica de 10% a 15% del IGV devuelto. La comisión depende del monto y la modalidad de pago. Por ejemplo: en compras de S/1,000 (IGV S/180), después de comisión 12% recibes aproximadamente S/158 (~US$42 al tipo de cambio actual). Para compras de monto bajo la comisión puede consumir gran parte del beneficio.
¿En qué moneda recibo la devolución?
Dos opciones: (1) EFECTIVO en USD entregado en el counter Tax Free al momento; (2) CRÉDITO A TARJETA BANCARIA internacional Visa o Mastercard que demora 4 a 6 semanas en aparecer. Si llevás tarjeta de débito/crédito internacional y no necesitas cash inmediato, el crédito a tarjeta es más cómodo y seguro.
¿Cómo identifico una tienda Tax Free?
Los establecimientos autorizados exhiben el logo Tax Free en su entrada y/o cajas. Principales cadenas: Falabella, Ripley, Saga (en algunos productos), tiendas de departamento, joyerías oficiales, tiendas de artesanía en zonas turísticas (Cusco, Lima centro, Miraflores, Barranco), boutiques de alpaca, marcas internacionales en centros comerciales como Jockey Plaza, Real Plaza, MegaPlaza. Si dudás, preguntá al cajero ANTES de pagar.
¿Qué documentos necesito presentar al solicitar la devolución?
En el counter Tax Free: (1) Pasaporte extranjero vigente (original); (2) Boarding pass del vuelo internacional; (3) Constancias Tax Free originales de cada establecimiento; (4) Boletas o facturas originales; (5) Los bienes físicamente — sin abrir, sin usar, en empaque original. Sin alguno de estos, la devolución NO procede.
¿Hay tope máximo en la devolución?
La normativa no establece tope legal expreso. En la práctica, el operador puede aplicar topes operativos por seguridad y prevención de lavado de activos — típicamente las devoluciones en efectivo se limitan a US$3,000-5,000 por turista por evento; montos mayores se acreditan a tarjeta. Para compras de muy alto valor, coordiná con el operador antes del viaje.
¿Puedo solicitar Tax Free si compré en mercado de Cusco?
Solo si el establecimiento es Tax Free AUTORIZADO por SUNAT. La mayoría de mercados, ferias artesanales y vendedores informales NO son autorizados — no pueden emitir constancia Tax Free válida. Para artesanía peruana hay tiendas autorizadas tanto en Cusco como en Lima donde sí puedes acceder al beneficio. Verifica ANTES de comprar.
¿Qué pasa si pierdo la constancia Tax Free?
La constancia es el documento clave. Si la pierdes, debes volver al establecimiento y solicitar una copia con la misma data original. NO se devuelve el IGV sin constancia. Por eso conviene conservar todas las constancias en un sobre separado de las boletas. La copia debe ser solicitada al mismo establecimiento que emitió la original.
¿El Tax Free aplica a compras online o por internet?
NO. El régimen Tax Free aplica únicamente a compras PRESENCIALES en establecimientos físicos autorizados. Las compras por internet no califican porque no hay verificación inmediata de la identidad del comprador como turista extranjero ni del retiro físico del bien. Si comprás online a un comercio peruano y retirás en tienda mostrando pasaporte, el cajero puede emitir Tax Free si el establecimiento está autorizado.
¿Qué sanciones aplica SUNAT por solicitar Tax Free indebido?
Si SUNAT detecta una solicitud indebida (turista no calificado, documentos falsos, bienes para reventa, doble solicitud), aplica las sanciones del Art. 178 del Código Tributario: devolución del monto + intereses moratorios + multa del 50% del monto indebidamente devuelto. Para establecimientos que emiten constancias falsas hay sanción específica de SUNAT. En casos graves con dolo procede sanción penal por defraudación tributaria.