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Divorcio en Perú 2026: municipal, notarial Ley 29227 o judicial Art. 333 CC — guía completa paso a paso

Guía multi-entidad: Municipalidad, Notaría, Poder Judicial, RENIEC, SUNARP, SUNAT

Todo lo que necesitas saber para divorciarte en Perú: las tres vías legales disponibles (municipal, notarial y judicial), documentos necesarios, costos actualizados, plazos reales, liquidación de bienes, tenencia de hijos, pensión de alimentos y todos los trámites posteriores. La guía más completa para quienes necesitan disolver su matrimonio civil en territorio peruano.

Costo estimado S/200 — S/5,000+
Tiempo estimado 3 a 24 meses
Entidades Municipalidad, Notaría, PJ, RENIEC, SUNARP
Última actualización10 de junio de 2026
Tipo de guíaMulti-entidad (evento de vida)
Fuentes oficialeswww.gob.pe
Guía informativa independiente. No somos una entidad del gobierno. Verifica siempre en las fuentes oficiales.
Visión general

Tipos de divorcio en Perú

Conoce las tres vías legales para disolver un matrimonio civil en territorio peruano.

El divorcio en Perú es la disolución legal del vínculo matrimonial civil. Está regulado por el Código Civil peruano (Libro III, Sección Segunda, Título IV, artículos 332 al 360) y por la Ley N.° 29227, Ley que regula el procedimiento no contencioso de la separación convencional y divorcio ulterior en las municipalidades y notarías. A diferencia de lo que muchas personas creen, divorciarse en Perú no siempre requiere un largo y costoso proceso judicial: existen tres vías legales con diferentes requisitos, costos y plazos.

1. Divorcio municipal (vía administrativa): Es la opción más económica y rápida. Solo está disponible cuando ambos cónyuges están de acuerdo (mutuo acuerdo), no tienen hijos menores de edad ni hijos con incapacidad, y no tienen bienes sujetos a liquidación pendiente o ya han acordado su repartición. Se tramita ante la municipalidad distrital o provincial donde se celebró el matrimonio o donde tiene domicilio cualquiera de los cónyuges. El proceso toma aproximadamente 3 meses y cuesta entre S/200 y S/500. Fue introducido por la Ley N.° 29227 en 2008 y ha sido la vía más utilizada en los últimos años por su simplicidad.

2. Divorcio notarial: Es la vía intermedia en costo y complejidad. Está disponible para cónyuges de mutuo acuerdo que pueden tener hijos mayores de edad. Al igual que el divorcio municipal, requiere que no haya hijos menores ni incapaces, salvo que ya exista pronunciamiento judicial firme sobre tenencia, alimentos y régimen de visitas. Se tramita ante un notario público del lugar del último domicilio conyugal o donde se celebró el matrimonio. El costo oscila entre S/500 y S/1,500 (honorarios notariales + abogado) y toma entre 2 y 4 meses. También fue habilitado por la Ley N.° 29227.

3. Divorcio judicial: Es la única vía cuando hay hijos menores de edad (sin pronunciamiento judicial previo sobre su situación), cuando no hay acuerdo entre los cónyuges, o cuando se invoca alguna de las causales específicas del artículo 333 del Código Civil. El divorcio judicial puede ser de dos tipos:

  • Separación convencional y divorcio ulterior (mutuo acuerdo): Ambos cónyuges presentan la demanda de manera conjunta después de 2 años de matrimonio. El juez evalúa la propuesta de convenio regulador (tenencia, alimentos, visitas, bienes) y dicta sentencia. Plazo: 6-12 meses.
  • Divorcio por causal (contencioso): Un cónyuge demanda al otro invocando una de las 13 causales del artículo 333 del Código Civil: adulterio, violencia física o psicológica, atentado contra la vida del cónyuge, injuria grave, abandono injustificado del hogar por más de 2 años, conducta deshonrosa, uso habitual de drogas, enfermedad grave de transmisión sexual, homosexualidad sobreviniente, condena por delito doloso a más de 2 años de pena, imposibilidad de hacer vida en común, separación de hecho por 2 años (sin hijos menores) o 4 años (con hijos menores), y separación convencional después de 2 años de matrimonio. Este tipo de divorcio puede demorar entre 12 y 24 meses o más.

Requisito fundamental para el divorcio rápido: Para acceder al divorcio municipal o notarial (las vías más rápidas), la Ley N.° 29227 exige que hayan transcurrido al menos 2 años desde la celebración del matrimonio. Si el matrimonio tiene menos de 2 años, la única opción es el divorcio judicial.

Nota importante: Esta guía cubre el proceso completo de divorcio, incluyendo los trámites posteriores que muchas personas desconocen: la liquidación de bienes, la pensión de alimentos, la tenencia de hijos y la actualización de documentos. Cada caso tiene particularidades, por lo que es recomendable contar con asesoría legal profesional, especialmente cuando hay bienes significativos, hijos menores o desacuerdo entre las partes.

Paso 1 de 9

Paso 1: Verificar requisitos previos

Confirmar la antigüedad del matrimonio, obtener el acta de matrimonio y definir la vía de divorcio más adecuada.

PASO 1
📋 RENIEC / Evaluación personal

Antes de iniciar cualquier trámite de divorcio, es fundamental verificar que se cumplen los requisitos legales básicos. El primer paso es determinar cuánto tiempo llevan casados. Para el divorcio municipal y notarial (las vías más rápidas y económicas), la Ley N.° 29227 exige que hayan transcurrido al menos 2 años desde la celebración del matrimonio civil. Si el matrimonio tiene menos de 2 años, la única opción disponible es el divorcio judicial por causal o esperar a que se cumplan los 2 años para la separación convencional.

El segundo paso es obtener el acta de matrimonio actualizada emitida por RENIEC o por la municipalidad donde se celebró el matrimonio. Este documento es indispensable para cualquier vía de divorcio, ya que acredita la existencia del vínculo matrimonial, la fecha de celebración, los datos de ambos cónyuges y el régimen patrimonial elegido. El acta de matrimonio puede solicitarse en RENIEC (si el registro ya fue transferido) o en la municipalidad donde se celebró la boda. El costo es de S/16 a S/31 dependiendo de si es copia simple o certificada.

El tercer paso es evaluar la situación personal para definir la vía más adecuada. Considera los siguientes factores:

  • ¿Hay mutuo acuerdo? Si ambos cónyuges están de acuerdo en divorciarse, pueden optar por la vía municipal, notarial o judicial por separación convencional. Si hay desacuerdo, solo queda la vía judicial por causal.
  • ¿Tienen hijos menores de edad? Si hay hijos menores, no es posible el divorcio municipal. Se puede optar por el divorcio notarial (si ya existe pronunciamiento judicial sobre tenencia, alimentos y visitas) o el divorcio judicial.
  • ¿Tienen bienes en común? Si hay bienes en la sociedad de gananciales, deberán liquidarla antes o durante el proceso de divorcio. Para el divorcio municipal y notarial, es necesario presentar el acuerdo de liquidación de bienes o declarar que no hay bienes que liquidar.
  • ¿Existe alguna causal específica? Si hay violencia familiar, adulterio, abandono de hogar u otra causal, el cónyuge afectado puede demandar el divorcio judicial por causal sin necesidad de esperar los 2 años de matrimonio ni el consentimiento del otro cónyuge.

Es altamente recomendable consultar con un abogado especialista en derecho de familia antes de tomar la decisión. Muchos abogados ofrecen una consulta inicial gratuita o a bajo costo. También puedes acudir a los Centros de Asistencia Legal Gratuita (ALEGRA) del Ministerio de Justicia, que brindan orientación y patrocinio legal gratuito a personas de escasos recursos económicos.

💰 S/16 — S/31 (acta de matrimonio)
⏱️ 1 a 5 días
🏛️ RENIEC / Municipalidad
💡 Verifica la fecha exacta de tu matrimonio en el acta. Para el divorcio rápido (municipal o notarial) necesitas al menos 2 años de casado. Si te casaste el 15 de marzo de 2024, recién podrías solicitar el divorcio rápido a partir del 6 de abril de 2026. Calcula bien los plazos antes de iniciar el trámite.
Paso 2 de 9

Paso 2: Divorcio municipal (mutuo acuerdo sin hijos menores)

La vía más rápida y económica para parejas de mutuo acuerdo sin hijos menores de edad.

PASO 2
🏛️ Municipalidad

El divorcio municipal es el procedimiento no contencioso de separación convencional y divorcio ulterior regulado por la Ley N.° 29227 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 009-2008-JUS. Es la opción más accesible para parejas que cumplen con todos los requisitos. Se tramita ante la municipalidad distrital o provincial del último domicilio conyugal o de donde se celebró el matrimonio.

Requisitos para el divorcio municipal:

  • Que hayan transcurrido más de 2 años desde la celebración del matrimonio civil.
  • Que ambos cónyuges estén de mutuo acuerdo en divorciarse.
  • Que no tengan hijos menores de edad ni hijos mayores con incapacidad.
  • Que no tengan bienes sujetos a sociedad de gananciales pendientes de liquidación, o que ya hayan sido liquidados por escritura pública o que la pareja declare no tener bienes comunes.

Documentos requeridos:

  • Solicitud de separación convencional dirigida al alcalde, firmada por ambos cónyuges y autorizada por abogado. El formato generalmente lo proporciona la misma municipalidad.
  • Copia certificada del acta de matrimonio, emitida con una antigüedad no mayor a 3 meses.
  • Copia certificada del acta de nacimiento de cada cónyuge, emitida con antigüedad no mayor a 3 meses.
  • Declaración jurada de no tener hijos menores de edad ni hijos mayores con incapacidad.
  • Escritura pública de liquidación de sociedad de gananciales o declaración jurada de no tener bienes sujetos a dicho régimen. Si optaron por separación de patrimonios al casarse, presentar la constancia de inscripción en SUNARP.
  • Copia simple del DNI vigente de ambos cónyuges.

Procedimiento paso a paso:

  1. Presentación de la solicitud: Ambos cónyuges se presentan ante la municipalidad y entregan la solicitud con todos los documentos. El alcalde, a través del área de registro civil, califica la solicitud y verifica que se cumplan todos los requisitos.
  2. Audiencia única (día 15): Después de 15 días hábiles, el alcalde convoca a los cónyuges a una audiencia. En esta audiencia, se ratifican en su voluntad de separarse. Si alguno de los cónyuges no asiste sin causa justificada, se declara concluido el procedimiento. Si ambos asisten y ratifican su voluntad, el alcalde emite la Resolución de Alcaldía de separación convencional.
  3. Solicitud de divorcio ulterior (después de 2 meses): Transcurridos 2 meses calendario desde la emisión de la Resolución de separación, cualquiera de los cónyuges puede solicitar la disolución del vínculo matrimonial (divorcio ulterior). Si ninguno lo solicita dentro de los 30 días siguientes al vencimiento de los 2 meses, se deja sin efecto la separación.
  4. Resolución de divorcio: El alcalde emite la Resolución de Alcaldía de disolución del vínculo matrimonial. Esta resolución se comunica a RENIEC para la actualización del estado civil de ambos ex cónyuges y al registro de la municipalidad donde se celebró el matrimonio para la anotación marginal correspondiente en el acta de matrimonio.

El costo total del divorcio municipal varía según la municipalidad, pero generalmente oscila entre S/200 y S/500, que incluyen los derechos de trámite, la publicación del aviso y la emisión de resoluciones. A esto se suman los honorarios del abogado que firma la solicitud, que pueden ser de S/200 a S/500 adicionales. El proceso completo toma aproximadamente 3 meses desde la presentación de la solicitud hasta la resolución de divorcio.

💰 S/200 — S/500 (+ abogado)
⏱️ ~3 meses
🏛️ Municipalidad
💡 El divorcio municipal es la opción más rápida y económica. Antes de iniciar, verifica que la municipalidad de tu distrito ofrezca este servicio; no todas las municipalidades lo tienen implementado. Consulta los costos exactos y la lista de documentos en la municipalidad elegida, ya que pueden variar ligeramente. La audiencia es obligatoria: si no asistes, se archiva el trámite y tendrás que empezar de nuevo.

Contacto comercial: contacto@tramitesperu.com

Paso 3 de 9

Paso 3: Divorcio notarial (mutuo acuerdo con convenio)

Alternativa ante notaría pública para cónyuges de mutuo acuerdo. Más costosa que la municipal pero igualmente ágil.

PASO 3
📜 Notaría pública

El divorcio notarial es la segunda vía no contenciosa establecida por la Ley N.° 29227. Se tramita ante un notario público del lugar del último domicilio conyugal o del lugar donde se celebró el matrimonio. Los requisitos son esencialmente los mismos que para el divorcio municipal, pero el procedimiento se lleva a cabo en una notaría privada en lugar de la municipalidad.

Requisitos para el divorcio notarial:

  • Más de 2 años de matrimonio civil.
  • Mutuo acuerdo de ambos cónyuges.
  • No tener hijos menores de edad ni hijos mayores con incapacidad (salvo que ya exista pronunciamiento judicial firme sobre tenencia, alimentos y régimen de visitas).
  • Sociedad de gananciales liquidada o declaración jurada de no tener bienes comunes.

Documentos requeridos:

  • Solicitud dirigida al notario, firmada por ambos cónyuges y autorizada por abogado (minuta).
  • Copia certificada actualizada del acta de matrimonio (antigüedad no mayor a 3 meses).
  • Copia certificada actualizada del acta de nacimiento de cada cónyuge.
  • Declaración jurada de no tener hijos menores ni incapaces, o resolución judicial firme sobre tenencia, alimentos y régimen de visitas.
  • Escritura pública de liquidación de sociedad de gananciales o declaración jurada de carencia de bienes.
  • Copia simple del DNI vigente de ambos cónyuges.

Procedimiento:

  1. Presentación de la solicitud: Ambos cónyuges acuden a la notaría y presentan la minuta con todos los documentos anexos. El notario califica la solicitud y verifica el cumplimiento de los requisitos.
  2. Acta notarial de separación convencional (día 15): Transcurridos 15 días hábiles desde la recepción de la solicitud, el notario convoca a ambos cónyuges para que se ratifiquen en su voluntad de separarse. Si ambos ratifican, el notario extiende el acta notarial de separación convencional. La inasistencia injustificada de cualquiera de los cónyuges da por concluido el procedimiento.
  3. Solicitud de divorcio ulterior (después de 2 meses): Pasados 2 meses calendario desde el acta de separación, cualquiera de los cónyuges puede solicitar al notario la disolución del vínculo matrimonial.
  4. Acta notarial de divorcio: El notario extiende el acta notarial que declara la disolución del vínculo matrimonial y oficia a RENIEC y a la municipalidad correspondiente para la anotación del divorcio en las actas respectivas.

El costo del divorcio notarial es mayor que el municipal porque incluye los honorarios del notario, que no están regulados y varían según la notaría. En promedio, el costo total oscila entre S/500 y S/1,500, incluyendo los honorarios notariales y el abogado que firma la minuta. Algunas notarías ofrecen paquetes que incluyen la asesoría legal, la redacción de la minuta y todos los trámites notariales.

Ventaja del divorcio notarial sobre el municipal: La principal ventaja es la flexibilidad de horarios. Mientras que las municipalidades atienden en horario de oficina y tienen agendas saturadas, las notarías suelen tener mayor disponibilidad y horarios más amplios. Además, en algunos distritos donde la municipalidad no ha implementado el divorcio municipal, la notaría es la única alternativa no judicial.

💰 S/500 — S/1,500
⏱️ 2 a 4 meses
🏛️ Notaría pública
💡 Compara precios entre varias notarías antes de decidir. Los honorarios notariales no están regulados y pueden variar significativamente de una notaría a otra. Pide un presupuesto detallado que incluya todos los conceptos: honorarios notariales, minuta, escritura pública de liquidación de bienes (si aplica) y trámites ante RENIEC. Algunas notarías ofrecen descuentos si contratas el paquete completo.
Paso 4 de 9

Paso 4: Divorcio judicial (contencioso o con hijos menores)

La vía obligatoria cuando hay hijos menores, desacuerdo entre las partes o se invoca una causal legal.

PASO 4
⚖️ Poder Judicial

El divorcio judicial se tramita ante los Juzgados de Familia del Poder Judicial. Es la única vía disponible cuando no se cumplen los requisitos para el divorcio municipal o notarial: cuando hay hijos menores de edad, cuando no hay mutuo acuerdo, o cuando se invoca una causal específica. El proceso se rige por el Código Civil (artículos 332 al 360) y el Código Procesal Civil.

A. Divorcio judicial por separación convencional (mutuo acuerdo):

Cuando ambos cónyuges están de acuerdo pero tienen hijos menores o no cumplen con los requisitos del divorcio municipal/notarial, pueden presentar una demanda conjunta de separación convencional ante el Juzgado de Familia. Los requisitos son:

  • Más de 2 años de matrimonio.
  • Demanda firmada por ambos cónyuges y autorizada por abogado.
  • Convenio regulador que establezca: la tenencia de los hijos menores, el régimen de visitas del padre que no tenga la tenencia, la pensión de alimentos para los hijos, la liquidación de la sociedad de gananciales, y la pensión alimenticia entre cónyuges (si corresponde).
  • Acta de matrimonio actualizada, actas de nacimiento de los hijos, y documentación patrimonial.

El juez evalúa el convenio regulador velando por el interés superior de los niños. Puede aprobar el convenio tal como está, proponer modificaciones o solicitar la opinión del Ministerio Público (fiscal de familia). Una vez aprobada la separación, transcurridos 2 meses, cualquiera de los cónyuges puede solicitar el divorcio ulterior. El proceso completo toma entre 6 y 12 meses.

B. Divorcio judicial por causal (contencioso):

Cuando no hay mutuo acuerdo, un cónyuge puede demandar al otro invocando una de las 13 causales del artículo 333 del Código Civil:

  1. Adulterio: Relación sexual extramatrimonial comprobada.
  2. Violencia física o psicológica: Acreditada con denuncias policiales, pericias o medidas de protección.
  3. Atentado contra la vida del cónyuge: Intento comprobado de causar la muerte.
  4. Injuria grave: Ofensa grave que haga insoportable la vida en común.
  5. Abandono injustificado del hogar conyugal por más de 2 años continuos o alternados.
  6. Conducta deshonrosa: Comportamiento que haga insoportable la vida en común.
  7. Uso habitual e injustificado de drogas alucinógenas o sustancias que puedan generar toxicomanía.
  8. Enfermedad grave de transmisión sexual contraída después del matrimonio.
  9. Homosexualidad sobreviniente al matrimonio.
  10. Condena por delito doloso a pena privativa de la libertad mayor a 2 años, impuesta después del matrimonio.
  11. Imposibilidad de hacer vida en común: Causal genérica que abarca cualquier situación grave que impida la convivencia.
  12. Separación de hecho: Por un periodo ininterrumpido de 2 años si no hay hijos menores, o 4 años si los hay. Es la causal más utilizada por no requerir la prueba de culpa.
  13. Separación convencional después de 2 años de matrimonio.

En el divorcio por causal, el demandante (cónyuge que presenta la demanda) debe probar la causal invocada con evidencias. El demandado (otro cónyuge) tiene derecho a contestar la demanda y defenderse. El proceso incluye etapas de postulación, saneamiento, conciliación, pruebas, alegatos y sentencia. El plazo estimado es de 12 a 24 meses, aunque puede extenderse si hay apelación ante la Corte Superior o casación ante la Corte Suprema.

Costos del divorcio judicial: El costo varía significativamente según la complejidad del caso. Los aranceles judiciales son relativamente bajos (S/50-200 por concepto de oferta de pruebas, cédulas de notificación, etc.), pero los honorarios del abogado pueden oscilar entre S/1,000 y S/5,000 o más para el proceso completo. En el divorcio por causal con disputa de bienes y tenencia, los costos pueden superar los S/10,000 cuando se requieren pericias, evaluaciones psicológicas y múltiples audiencias.

💰 S/500 — S/5,000+ (con abogado)
⏱️ 6 a 24 meses
🏛️ Poder Judicial (Juzgado de Familia)
💡 Si no tienes recursos para contratar un abogado, puedes acudir a la Defensa Pública del Ministerio de Justicia (MINJUSDH). Los defensores públicos de familia pueden patrocinarte gratuitamente en procesos de divorcio, tenencia y alimentos. Llama al 0800-15-259 (línea gratuita) o acude al Centro ALEGRA más cercano. También existen consultorios jurídicos gratuitos en las universidades con facultad de Derecho.
Paso 5 de 9

Paso 5: Liquidación de sociedad de gananciales

Inventariar, valorizar y repartir los bienes comunes adquiridos durante el matrimonio.

PASO 5
🏠 SUNARP / Notaría / Poder Judicial

La liquidación de la sociedad de gananciales es uno de los aspectos más importantes y a menudo más complicados del divorcio. Cuando los cónyuges se casaron bajo el régimen de sociedad de gananciales (que es el régimen por defecto en Perú si no se pactó lo contrario), todos los bienes adquiridos durante el matrimonio con ingresos de cualquiera de los cónyuges son bienes comunes que deben repartirse al divorciarse.

¿Qué bienes son gananciales (bienes comunes)?

  • Inmuebles (casas, departamentos, terrenos) comprados durante el matrimonio, sin importar a nombre de quién estén registrados en SUNARP.
  • Vehículos adquiridos durante el matrimonio.
  • Ahorros en cuentas bancarias generados con ingresos obtenidos durante el matrimonio.
  • Inversiones, acciones, participaciones en empresas constituidas durante el matrimonio.
  • Muebles, electrodomésticos y enseres del hogar adquiridos durante el matrimonio.
  • Frutos y rentas de los bienes propios de cada cónyuge (por ejemplo, los alquileres de una propiedad que uno tenía antes de casarse).

¿Qué bienes NO son gananciales (bienes propios)?

  • Bienes que cada cónyuge tenía antes del matrimonio.
  • Bienes recibidos por herencia o donación durante el matrimonio.
  • Bienes adquiridos con el producto de la venta de bienes propios.
  • Indemnizaciones por daño personal.
  • Instrumentos de trabajo personal.

Proceso de liquidación:

  1. Inventario de bienes: Se elabora una lista completa de todos los bienes gananciales y las deudas de la sociedad conyugal. Se recomienda incluir la valorización de cada bien.
  2. Pago de deudas: Primero se pagan las deudas de la sociedad de gananciales (hipoteca, préstamos bancarios, tarjetas de crédito por gastos del hogar).
  3. División del remanente: El saldo restante se divide en partes iguales (50% para cada cónyuge). La división puede ser en especie (cada uno se queda con bienes de valor equivalente) o mediante la venta de los bienes y la repartición del dinero.

Si hay acuerdo entre los cónyuges: La liquidación se formaliza mediante escritura pública ante notario. El costo notarial varía entre S/300 y S/1,000 dependiendo del número y valor de los bienes. Luego, se inscribe la nueva titularidad en SUNARP para inmuebles (S/25-50 por inscripción registral) y vehículos.

Si no hay acuerdo: La liquidación la realiza el juez como parte del proceso de divorcio o mediante un proceso judicial separado. El juez puede ordenar pericias de valorización de bienes, lo que aumenta significativamente los costos y el tiempo del proceso.

💰 S/300 — S/2,000+ (según bienes)
⏱️ 1 a 6 meses
🏛️ SUNARP / Notaría
💡 Antes de iniciar la liquidación, obtén una copia literal de todas las partidas registrales de tus inmuebles y vehículos en SUNARP para verificar la titularidad actual. Si hay una hipoteca vigente, deberán coordinar con el banco acreedor cómo se resolverá la deuda. Muchos bancos exigen la cancelación total de la hipoteca o la sustitución del deudor antes de autorizar el cambio de titularidad.
Paso 6 de 9

Paso 6: Pensión de alimentos para hijos

Fijar la pensión mensual que el padre o madre que no tiene la tenencia debe aportar para los hijos.

PASO 6
👨‍👧‍👦 Poder Judicial / Conciliación

La pensión de alimentos es la obligación legal que tiene el padre o madre que no ejerce la tenencia de contribuir económicamente al sustento de sus hijos. En el derecho peruano, los "alimentos" comprenden no solo la alimentación, sino también la habitación, vestido, educación, instrucción, capacitación para el trabajo, asistencia médica, psicológica y recreación del niño, niña o adolescente. Esta obligación está regulada por el Código Civil (artículos 472 al 487) y el Código de los Niños y Adolescentes (artículos 92 al 97).

¿A quiénes se les debe pensión de alimentos?

  • Hijos menores de edad: La obligación es ineludible e irrenunciable. Ambos padres están obligados a contribuir con los alimentos en proporción a sus posibilidades.
  • Hijos mayores de edad que cursan estudios exitosamente: La obligación se extiende hasta los 28 años de edad si el hijo se encuentra cursando estudios de forma exitosa (universitarios, técnicos o de posgrado).
  • Hijos mayores con discapacidad: La obligación persiste sin límite de edad si el hijo tiene una discapacidad que le impide valerse por sí mismo.
  • Cónyuge: En algunos casos, el cónyuge que se encuentra en estado de necesidad puede solicitar pensión de alimentos al otro cónyuge, especialmente si durante el matrimonio se dedicó exclusivamente al hogar.

¿Cuánto es la pensión de alimentos?

El monto de la pensión de alimentos no tiene una fórmula fija en la ley peruana. Se determina considerando dos factores principales:

  • Las necesidades del alimentista (hijo): Se evalúan los gastos reales de alimentación, vivienda, salud, educación, vestimenta y recreación del hijo.
  • La capacidad económica del obligado (padre o madre): Se consideran los ingresos totales del obligado, incluyendo sueldo, gratificaciones, utilidades, ingresos por actividades independientes, rentas, etc.

Como referencia general, la jurisprudencia peruana establece que la pensión de alimentos suele oscilar entre el 20% y el 30% de los ingresos del obligado por cada hijo, con un tope máximo del 60% del total de ingresos cuando hay varios alimentistas. Si el obligado es trabajador dependiente, la pensión puede descontarse directamente de su planilla mediante un mandato judicial al empleador.

Formas de fijar la pensión:

  • Por acuerdo (conciliación extrajudicial): Ambos padres acuerdan el monto en un Centro de Conciliación autorizado por el MINJUSDH. El acta de conciliación tiene valor de sentencia judicial. Es la forma más rápida y económica (S/50-200 por la conciliación).
  • Por resolución judicial: Si no hay acuerdo, el padre o madre que tiene la tenencia demanda al otro ante el Juzgado de Paz Letrado (cuando el monto no excede una referencia del juez) o ante el Juzgado de Familia. El proceso dura entre 3 y 8 meses. El juez puede fijar una asignación anticipada de alimentos mientras dura el proceso.
  • Como parte del divorcio judicial: Si el divorcio se tramita judicialmente, el juez fija la pensión de alimentos en la misma sentencia de divorcio.

Importante: El incumplimiento de la pensión de alimentos constituye el delito de omisión a la asistencia familiar (artículo 149 del Código Penal), sancionado con pena privativa de libertad de hasta 3 años. Además, el deudor alimentario puede ser inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM) del Poder Judicial, lo que genera restricciones para obtener créditos bancarios, salir del país y realizar otros trámites.

💰 S/50 — S/200 (conciliación) o S/500+ (judicial)
⏱️ 1 a 8 meses
🏛️ Centro de Conciliación / Juzgado
💡 Antes de ir a juicio, intenta llegar a un acuerdo mediante conciliación extrajudicial. Es más rápido, más barato y menos desgastante emocionalmente. El acta de conciliación tiene la misma fuerza que una sentencia judicial. Si ya tienes una pensión fijada y cambian las circunstancias (pierdes el empleo, aumentan las necesidades del hijo), puedes solicitar la variación del monto al juez.
Paso 7 de 9

Paso 7: Tenencia y régimen de visitas

Determinar con quién vivirán los hijos menores y cómo se organizarán las visitas del otro progenitor.

PASO 7
👨‍👧 Poder Judicial / Conciliación

La tenencia es la institución jurídica que determina con cuál de los padres vivirán los hijos menores de edad después del divorcio. El régimen de visitas es el derecho del padre o madre que no tiene la tenencia de mantener contacto regular con sus hijos. Ambas instituciones están reguladas por el Código de los Niños y Adolescentes (Ley N.° 27337, artículos 81 al 91) y se rigen por el principio del interés superior del niño.

Tipos de tenencia en Perú:

  • Tenencia exclusiva: Los hijos viven permanentemente con uno de los padres, y el otro tiene un régimen de visitas. Es la modalidad más común en Perú.
  • Tenencia compartida: Los hijos alternan su residencia entre ambos padres por periodos determinados (semanas, quincenas o meses). Fue incorporada a la legislación peruana por la Ley N.° 29269 (2008) y modificada por la Ley N.° 31590 (2022). El juez puede otorgarla cuando ambos padres están de acuerdo y las condiciones lo permiten.

¿Cómo se determina la tenencia?

  • Por acuerdo de los padres: Si ambos padres están de acuerdo, pueden establecer la tenencia y el régimen de visitas mediante conciliación extrajudicial o como parte del convenio regulador en el divorcio judicial por separación convencional. El acuerdo debe ser aprobado por el juez o constar en acta de conciliación.
  • Por resolución judicial: Si hay desacuerdo, cualquiera de los padres puede demandar la tenencia ante el Juzgado de Familia. El juez considerará: la opinión del niño o adolescente (obligatoria a partir de los 3 años), el informe del equipo multidisciplinario del juzgado (psicólogo y asistente social), las condiciones de vivienda y estabilidad de cada padre, el vínculo afectivo con cada progenitor, y cualquier antecedente de violencia familiar.

Criterios que evalúa el juez:

  • Para hijos menores de 3 años, se prefiere que permanezcan con la madre, salvo que existan razones objetivas que lo desaconsejen (violencia, abandono, adicciones).
  • Para hijos mayores de 3 años, el juez puede otorgar la tenencia a cualquiera de los padres según el interés superior del niño. Se valora especialmente el vínculo afectivo, la estabilidad emocional y las condiciones materiales que cada padre puede ofrecer.
  • La opinión del niño o adolescente es tomada en cuenta en función de su edad y madurez.
  • No se discrimina por género: tanto el padre como la madre tienen igualdad de derechos para obtener la tenencia.

Régimen de visitas:

El padre o madre que no tiene la tenencia tiene derecho a un régimen de visitas que le permita mantener el vínculo con sus hijos. El régimen típico incluye visitas un fin de semana cada 15 días (desde el viernes por la tarde o sábado por la mañana hasta el domingo por la noche), un día entre semana, y repartición de vacaciones escolares y fechas especiales (Navidad, cumpleaños, Día del Padre/Madre). El régimen es flexible y puede adaptarse a las necesidades de cada familia.

Si el padre o madre que no tiene la tenencia incumple el régimen de visitas o impide que el otro progenitor visite a sus hijos, el afectado puede solicitar al juez la variación de la tenencia o el apercibimiento correspondiente. El impedimento reiterado de visitas puede ser causal para variar la tenencia a favor del otro padre.

💰 S/50 — S/200 (conciliación) o S/500+ (judicial)
⏱️ 1 a 8 meses
🏛️ Centro de Conciliación / Juzgado de Familia
💡 Lo más importante en la tenencia y las visitas es el bienestar de los hijos. Los niños sufren emocionalmente cuando los padres utilizan la tenencia como arma de disputa. Intenta llegar a un acuerdo razonable mediante conciliación. Si hay antecedentes de violencia familiar, solicita medidas de protección antes de establecer el régimen de visitas. La DEMUNA (Defensoría Municipal del Niño y Adolescente) de tu municipalidad puede orientarte gratuitamente.
Paso 8 de 9

Paso 8: Actualizar DNI con nuevo estado civil

Obtener un nuevo DNI que refleje tu estado civil de divorciado/a una vez que el divorcio esté inscrito en RENIEC.

PASO 8
🪪 RENIEC

Una vez que el divorcio ha sido declarado (ya sea por resolución de alcaldía, acta notarial o sentencia judicial), la entidad correspondiente comunica la disolución del matrimonio a RENIEC para que se actualice el estado civil de ambos ex cónyuges en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Esta actualización puede demorar entre 5 y 30 días dependiendo de la vía utilizada.

¿Cómo se comunica el divorcio a RENIEC?

  • Divorcio municipal: La municipalidad oficia directamente a RENIEC con copia de la Resolución de Alcaldía de divorcio. También realiza la anotación marginal en el acta de matrimonio.
  • Divorcio notarial: El notario envía los partes notariales a RENIEC y a la municipalidad donde se celebró el matrimonio.
  • Divorcio judicial: El juzgado envía los partes judiciales a RENIEC y a la municipalidad correspondiente una vez que la sentencia quede consentida o ejecutoriada (firme).

Una vez que RENIEC ha registrado el divorcio, puedes solicitar un nuevo DNI que refleje tu estado civil de "divorciado/a". Para ello, debes acercarte a cualquier oficina de RENIEC o agencia autorizada con los siguientes documentos:

  • DNI actual (vigente o vencido).
  • Copia de la resolución de divorcio, acta notarial de divorcio o sentencia judicial de divorcio (según la vía utilizada).
  • Pago de los derechos correspondientes.

El costo de la renovación del DNI es de S/30 (DNI azul) o S/41 (DNI electrónico). La entrega demora aproximadamente 10 días hábiles. Mientras esperas el nuevo DNI, tu DNI actual sigue siendo válido; el estado civil registrado en el sistema de RENIEC es el que prevalece sobre lo que aparezca impreso en el documento físico.

Además de actualizar el DNI, el divorcio inscrito en RENIEC se refleja como anotación marginal en tu partida de nacimiento y en el acta de matrimonio. Esto significa que cualquier copia futura de estos documentos ya incluirá la información del divorcio, con la fecha y la referencia del documento que lo declaró.

💰 S/30 — S/41
⏱️ 3 a 15 días (DNI) + 5-30 días (inscripción)
🏛️ RENIEC
💡 Antes de ir a RENIEC a solicitar el nuevo DNI, verifica que tu divorcio ya esté registrado en el sistema. Puedes hacerlo consultando en línea en la página de RENIEC o llamando a la línea gratuita 0800-03-100. Si solicitas el DNI antes de que RENIEC registre el divorcio, podrían emitirte un DNI con el estado civil anterior ("casado/a"). Si han pasado más de 30 días desde el divorcio y RENIEC aún no lo ha registrado, acude a la oficina de RENIEC con la copia de la resolución o sentencia para solicitar la inscripción directa.
Paso 9 de 9

Paso 9: Actualizar RUC y otros registros (si aplica)

Actualizar tu información en SUNAT, bancos, empleador y otros registros que reflejen tu nuevo estado civil.

PASO 9
🏢 SUNAT / Otras entidades

Después del divorcio, es importante actualizar tu información en diversas entidades para que tus registros reflejen tu nuevo estado civil y, si corresponde, tu nuevo domicilio. Este paso es especialmente relevante si tienes RUC en SUNAT, ya que el domicilio fiscal puede haber cambiado con el divorcio.

Actualización en SUNAT:

  • Si tienes RUC y cambiaste de domicilio: Debes actualizar tu domicilio fiscal en SUNAT dentro de un día hábil del cambio. Puedes hacerlo por internet a través de SUNAT Operaciones en Línea (SOL) con tu clave SOL, por la app Personas SUNAT, o presencialmente en cualquier centro de servicios al contribuyente de SUNAT.
  • Si tu actividad económica cambió: Si durante el matrimonio trabajabas en un negocio familiar que ahora ya no manejas, o si iniciarás una actividad independiente después del divorcio, actualiza tu información en el RUC.
  • Impacto tributario: El divorcio puede afectar tu situación tributaria. Si declarabas ingresos de bienes gananciales, después del divorcio solo declararás los ingresos de los bienes que te correspondan según la liquidación. Consulta con un contador si tienes dudas sobre cómo afecta el divorcio a tu declaración de renta.

Otras actualizaciones recomendadas:

  • Empleador: Comunica a tu empleador el cambio de estado civil para que actualice tus datos en la planilla. Esto puede afectar la deducción de EsSalud para derechohabientes: tu ex cónyuge dejará de tener derecho a atenderse en EsSalud como tu derechohabiente.
  • Bancos y entidades financieras: Si tenías cuentas bancarias mancomunadas con tu ex cónyuge, debes cancelarlas o convertirlas en cuentas individuales. Actualiza tu estado civil y los beneficiarios de tus cuentas, seguros de vida y fondos de pensión (AFP u ONP).
  • AFP u ONP: Actualiza tus beneficiarios en tu fondo de pensiones. Tu ex cónyuge deja de ser beneficiario automático de la pensión de sobrevivencia, salvo que el juez disponga lo contrario como parte de la sentencia de divorcio.
  • Seguro de salud privado: Si tu ex cónyuge estaba incluido en tu póliza de salud como dependiente, debes comunicar el divorcio a la aseguradora para retirarlo del plan.
  • Consulado peruano: Si resides en el extranjero, actualiza tu estado civil en el consulado peruano de tu jurisdicción.
  • Testamento: Si tenías un testamento que beneficiaba a tu ex cónyuge, es recomendable actualizarlo. Si no tenías testamento, la ley ya regula que el ex cónyuge no hereda, pero es buena práctica dejar un testamento actualizado.
💰 Gratuito — S/50
⏱️ 1 a 5 días
🏛️ SUNAT / Bancos / Empleador
💡 Si cambiaste de domicilio por el divorcio, actualiza tu dirección no solo en SUNAT sino también en RENIEC (al renovar el DNI), en tu banco, en el colegio de tus hijos y en todas las entidades donde tengas registros. El cambio de domicilio fiscal en SUNAT es gratuito por internet con clave SOL y se refleja al instante.
Decisión 1 — Qué vía te conviene

Las 3 vías para divorciarse en Perú comparadas: municipal, notarial y judicial

La elección de la vía depende de 4 factores clave: si hay mutuo acuerdo, si tienen hijos menores, si tienen bienes a dividir y si existe alguna causal del Art. 333 CC. La vía municipal es la más rápida y económica pero tiene restricciones; la judicial es la única posible si hay disputa o causales.

AspectoMunicipal (Ley 29227)Notarial (Ley 29227)Judicial (Art. 333 CC)
Cuándo aplicaMutuo acuerdo + sin hijos menores + sin bienes en disputaMutuo acuerdo + con o sin hijos (con convenio) + bienes ya repartidosContencioso (causales) o mutuo acuerdo con disputa de hijos/bienes
Mutuo acuerdoObligatorioObligatorioOpcional (puede ser por causal)
Hijos menoresNo permitidoPermitido con convenio aprobado por juez de familiaEl juez fija tenencia + visitas + alimentos
Antigüedad matrimonio≥2 años≥2 añosSin mínimo (salvo causal separación de hecho ≥2 años o ≥4 con hijos menores)
EntidadMunicipalidad provincial o distritalNotaría públicaJuzgado de Familia (Poder Judicial)
Costo total estimadoS/200 — S/500S/500 — S/1,500S/1,000 — S/5,000+
Plazo total~3 meses2-4 meses6-24 meses (más si hay apelación)
Abogado necesarioPara firmar solicitudPara visar la minutaObligatorio (patrocinio integral)
Reconciliación post-separaciónPosible antes de la resoluciónPosible hasta firmar escrituraPosible hasta la sentencia firme
InscripciónRENIEC + SUNARP si hay bienesRENIEC + SUNARP si hay bienesRENIEC + SUNARP si hay bienes

Cuál elegir según tu caso:

  • Municipal (la más recomendable si calificas): Casados ≥2 años, sin hijos menores, sin bienes en común (o ya repartidos), ambos de acuerdo en divorciarse. Es la vía más rápida y barata.
  • Notarial: Misma situación que municipal pero con hijos mayores de edad que ya no están bajo patria potestad, o con hijos menores cuando hay convenio aprobado por juez de familia previo a la solicitud notarial.
  • Judicial: Hay menores con tenencia en disputa, hay bienes valiosos sin repartir, uno de los cónyuges no quiere divorciarse, o el otro ha incurrido en alguna causal del Art. 333 CC (adulterio, violencia, abandono, separación de hecho ≥2 años, etc.).
Divorcio judicial contencioso

Las 13 causales de divorcio del Art. 333 del Código Civil — qué se debe probar en cada una

El divorcio por causal es la vía judicial contenciosa cuando uno de los cónyuges incurre en una conducta que la ley considera grave. El demandante debe probar la causal con medios idóneos. Cada causal tiene plazos de caducidad distintos.

#CausalQué hay que probarCaducidad de la acción
1AdulterioRelación sexual del cónyuge con tercero (testimonios, fotos, correos)6 meses desde conocimiento; máximo 5 años desde el hecho
2Violencia física o psicológicaMaltrato físico o psicológico (denuncias PNP, certificados médicos, informes MIMP, sentencia previa)6 meses desde último acto, máximo 2 años
3Atentado contra la vida del cónyugeIntento de homicidio o lesiones graves (sentencia penal o medios probatorios)6 meses desde conocimiento; máximo 5 años
4Injuria graveInsultos públicos, denuncia falsa, escritos ofensivos6 meses desde el hecho
5Abandono injustificado del hogar conyugalSalida del hogar por ≥2 años continuos sin causa justificadaMientras dure el abandono
6Conducta deshonrosa que haga insoportable la vida en comúnConductas reiteradas (alcoholismo, vagancia, prostitución, juego)Mientras dure la conducta
7Uso habitual e injustificado de drogas alucinógenas o sustancias que puedan generar toxicomaníaAdicción a drogas/sustancias (informe médico)Mientras dure el uso habitual
8Enfermedad grave de transmisión sexual contraída tras el matrimonioDiagnóstico médico (VIH, ETS graves) tras la unión6 meses desde conocimiento
9Homosexualidad sobreviniente al matrimonioOrientación homosexual no declarada antes del matrimonio6 meses desde conocimiento
10Condena por delito doloso (pena privativa de libertad >2 años)Sentencia penal firme impuesta tras el matrimonio5 años desde sentencia firme
11Imposibilidad de hacer vida en común debidamente probada en proceso judicialIncompatibilidad grave (peritajes psicológicos, testigos)Mientras subsista la causa
12Separación de hecho ininterrumpida por 2 años (4 años si hay hijos menores) Más comúnVivir separados ≥2 años (≥4 con hijos menores) — declaración jurada + testigos + documentosNo caduca mientras subsista
13Separación convencional (mutuo acuerdo) tras 2 años de matrimonioAcuerdo de ambos cónyuges para separarse — se tramita como divorcio rápidoNo caduca

Causal más usada en la práctica: La separación de hecho ≥2 años (causal 12) es la causal estrella porque no requiere probar conducta dolosa del cónyuge — basta acreditar la separación efectiva. Es ideal cuando hubo abandono pero no se quiere demandar por causal "abandono" (que implica probar mala fe).

Indemnización al cónyuge perjudicado: En el divorcio por separación de hecho (causal 12), el juez puede fijar una indemnización a favor del cónyuge perjudicado económicamente por la separación (Art. 345-A CC), considerando si quedó en estado de necesidad, su edad y su situación laboral.

Patrimonio matrimonial

Sociedad de gananciales: qué bienes se reparten y cómo se liquida — Arts. 301-326 CC

Si el matrimonio se celebró bajo régimen de sociedad de gananciales (el régimen por defecto en Perú), todos los bienes adquiridos durante la unión son propiedad común y deben repartirse al divorciarse. Los bienes propios (anteriores al matrimonio + herencias + donaciones) NO se reparten.

Tipo de bien¿Es ganancial?¿Se reparte al divorcio?Base legal
Casa, departamento o terreno comprado durante el matrimonioSí (ganancial)Sí — 50/50Art. 310 CC
Casa comprada por uno antes del matrimonioNo (bien propio)No (queda al propietario original)Art. 302 inc. 1
Casa heredada o donada durante el matrimonioNo (bien propio)No (queda al heredero/donatario)Art. 302 inc. 2
Auto comprado durante el matrimonioSí (ganancial)Sí — 50/50 (o adjudicación con compensación)Art. 310 CC
Sueldo y bonificaciones recibidas durante el matrimonioSí (ganancial)Sí, lo no consumido entra a la masaArt. 310 CC
Cuentas bancarias creadas durante el matrimonioSí (ganancial)Sí — 50/50 del saldo a la fecha de separaciónArt. 310 CC
Negocio o empresa creada durante el matrimonioSí (ganancial)Sí — 50/50 del valor patrimonial al divorcioArt. 310 CC
Cuenta AFP/ONP del cónyugeSí (ganancial sobre aportes durante matrimonio)Sí parcial — los aportes hechos durante la unión son comunesArt. 310 CC + jurisprudencia Sala Civil Suprema
Joya o objeto comprado con sueldo del cónyugeSí (ganancial) (salvo uso personal exclusivo)Art. 310 CC
Deudas contraídas durante el matrimonio (tarjeta, préstamo)Sí (ganancial — pasivo común)Sí — 50/50 de la responsabilidadArt. 308 CC
Indemnización por accidente personalNo (bien propio del cónyuge afectado)NoArt. 302 inc. 4
Bien obtenido por permuta o subrogación de un bien propioNo (sigue siendo bien propio)NoArt. 302 inc. 9

Cómo se liquida la sociedad de gananciales:

  • Inventario: Lista todos los bienes y deudas comunes con sus valores a fecha de separación
  • Pago de deudas: Primero se pagan las deudas comunes con los bienes comunes
  • Partición del remanente: Lo restante se divide 50/50 entre los cónyuges
  • Adjudicación: Cada cónyuge recibe bienes equivalentes a su 50%. Si un bien es indivisible (una casa), se adjudica a uno y se compensa al otro en efectivo
  • Inscripción SUNARP: Las transferencias de inmuebles y vehículos se inscriben en SUNARP para que tengan efecto frente a terceros
  • Mutuo acuerdo o judicial: Si los cónyuges se ponen de acuerdo, se hace por escritura pública de separación de patrimonios ante notario (S/600-S/1,500). Si no, el juez decide la partición

Cambio de régimen en vida: Los cónyuges pueden cambiar el régimen de gananciales a separación de patrimonios en cualquier momento durante el matrimonio mediante escritura pública e inscripción en el Registro Personal de SUNARP (Art. 296 CC).

Pensión de alimentos hijos

Pensión de alimentos en Perú: cómo se calcula, mínimo y máximo legal — Arts. 472-484 CC

La pensión de alimentos no tiene un % fijo en la ley. El juez la determina balanceando las necesidades del alimentista con la capacidad económica del obligado. En la práctica, los juzgados de familia aplican rangos referenciales que conviene conocer antes de demandar o negociar.

ConceptoCómo se calculaBase legal
Mínimo legal sugerido en la práctica20% del sueldo neto del obligado (por hijo)Casaciones reiteradas Sala Civil Suprema
Máximo legal sugeridoHasta 60% del sueldo del obligado (entre todos los hijos)Casaciones Sala Civil Suprema
Pensión cónyuge en estado de necesidadAdicional según situación específica (no automática)Art. 350 CC
Hijo único20%-30% del sueldo neto del obligadoPráctica jurisprudencial
2 hijos30%-40% del sueldo neto (15%-20% cada uno)Práctica jurisprudencial
3 hijos o más40%-60% del sueldo neto del obligadoPráctica jurisprudencial
Si el obligado es informal o sin ingresos comprobablesEl juez fija pensión en S/300-S/800/hijo según el casoArt. 481 CC + criterio judicial
Reajuste anualReajuste por IPC anual + revisión por cambio de situaciónArt. 482 CC
Duración para hijosHasta 18 años · prorrogable hasta 28 años si estudian con éxitoArt. 483-484 CC
Duración para hijos con discapacidadVitalicia mientras subsista la discapacidadArt. 473 CC + Ley 29973
Incumplimiento penal3 incumplimientos consecutivos = denuncia penal por omisión de asistencia familiar (Art. 149 CP)Código Penal Art. 149

Cálculo de ejemplo: Si el obligado gana S/3,000 netos al mes y tiene 2 hijos menores, la pensión típica sería S/900-S/1,200 mensuales (30-40%), repartidos entre los 2 hijos. Si tiene un hijo extramatrimonial adicional con otra mujer, el juez puede reducir el porcentaje pero el total sigue siendo similar.

Recursos para impagos: (1) Demanda penal por omisión de asistencia familiar (Art. 149 CP) tras 3 incumplimientos consecutivos — pena máxima 3 años. (2) Inscripción en el REDAM (Registro de Deudores Alimentarios Morosos) que impide trámites en SUNARP, RENIEC y restringe pasaporte y brevete. (3) Embargo de cuenta bancaria, sueldo (descuento directo) o bienes del obligado. (4) Si tiene RUC, retención judicial de SUNAT.

Hijos menores tras el divorcio

Tenencia, custodia compartida y régimen de visitas — Arts. 81-90 Código de Niños y Adolescentes

Cuando hay hijos menores, el divorcio no termina la patria potestad — ambos padres siguen siendo padres legales con derechos y obligaciones. Lo que se decide es la tenencia (con quién vive el menor) y el régimen de visitas (cuándo lo ve el otro padre).

👨‍👧 Tenencia monoparental (tradicional)

El menor vive con uno de los padres. El otro tiene régimen de visitas amplio (fines de semana alternados, vacaciones, festivos).

  • Criterio del juez: Interés superior del niño (Art. 9 CRN)
  • Edad del menor: Se valora si tiene ≥10 años para expresar preferencia
  • Hasta 3 años: Generalmente la madre tiene tenencia preferente (no automática)
  • Después de los 3 años: Se evalúa idoneidad de ambos padres
  • Visitas típicas: Fin de semana alternado + 1 día/semana + 50% vacaciones
⚖️ Tenencia compartida (custodia compartida)

El menor vive con ambos padres alternativamente (semana sí / semana no, o 15 días con cada uno). Modalidad cada vez más común desde 2010.

  • Requisitos: Padres deben vivir cerca + tener buena relación + el menor debe tener >5 años (recomendable)
  • Acuerdo: Requiere acuerdo entre los padres o decisión judicial
  • Pensión: Aún en custodia compartida puede haber pensión si hay diferencia de ingresos
  • Patria potestad: Compartida automáticamente
  • Cuando no aplica: Si hay violencia familiar comprobada o uno de los padres es inadecuado
📅 Régimen de visitas estándar

El padre que no tiene la tenencia tiene derecho a visitar regularmente. Régimen típico aprobado por juzgados de familia:

  • Fines de semana alternados: Desde el viernes 6pm hasta el domingo 6pm
  • Días entre semana: Un día específico de la semana (martes o miércoles tarde-noche)
  • Vacaciones escolares: 50/50 partido en dos periodos
  • Festivos importantes: Alternados (Navidad este año con papá, próximo con mamá; Año Nuevo viceversa)
  • Cumpleaños del menor: Alternado por años
  • Día del padre/madre: Con el padre/madre correspondiente
🚫 Restricción / pérdida de tenencia

El juez puede restringir o quitar la tenencia y el régimen de visitas si se prueba:

  • Violencia familiar comprobada (denuncias PNP, MIMP)
  • Adicciones graves (drogas, alcoholismo crónico)
  • Negligencia reiterada en el cuidado del menor
  • Manipulación emocional (sindrome de alienación parental — SAP)
  • Incumplimiento reiterado de pensión de alimentos (signo de desinterés)
  • Antecedentes penales graves

En estos casos el juez ordena régimen de visitas supervisadas en centros DEMUNA o MIMP.

Calculadora interactiva 2026

Calcula qué vía de divorcio te conviene + estimación de pensión de alimentos

Responde 5 preguntas y la calculadora te dirá la vía recomendada (municipal, notarial o judicial), tu costo total estimado, plazo aproximado y pensión de alimentos referencial.

Después del divorcio

Segundo matrimonio, divorcio internacional y divorcios celebrados en el extranjero

Una vez disuelto el matrimonio, puedes volver a casarte sin restricción legal en Perú. Si tu divorcio fue tramitado fuera del país o quieres casarte con un extranjero, hay procedimientos específicos.

💍 Segundo matrimonio en Perú

Tras la disolución inscrita en RENIEC, puedes contraer matrimonio nuevamente sin esperar plazo alguno.

  • DNI actualizado: Debe figurar como "divorciado/a" (RENIEC actualiza automáticamente con la sentencia o acta notarial)
  • Acta de divorcio inscrita: Documento obligatorio para casarse de nuevo
  • Hijos del primer matrimonio: No afectan al segundo matrimonio; siguen con su pensión y régimen de visitas
  • Régimen patrimonial: Si quieres separar bienes con la nueva pareja, hacer capitulaciones matrimoniales antes del matrimonio
  • Cláusula familias ensambladas: Recomienda testamento notarial para proteger hijos de primer matrimonio
🌍 Divorcio celebrado en el extranjero

Si te divorciaste en otro país y necesitas que tenga efecto en Perú, debes reconocer la sentencia extranjera:

  • Vía judicial (exequatur): Demanda ante Corte Superior de Lima Norte (Sala Civil), con sentencia extranjera traducida y apostillada
  • Costo: S/1,500-S/4,000 + honorarios abogado
  • Plazo: 4-12 meses
  • Una vez reconocida: Inscripción en RENIEC para actualizar tu estado civil
  • Países con convenio: Países de la Comunidad Andina, España, EE.UU. (caso por caso)
  • Apostilla: La sentencia debe llevar apostilla del país de origen + traducción oficial al español
👫 Divorcio con cónyuge extranjero en Perú

Si te casaste en Perú con extranjero, el divorcio se tramita normalmente por las 3 vías del Perú (municipal/notarial/judicial):

  • Ley aplicable: Ley peruana (Art. 2081 CC: rige la ley del último domicilio conyugal)
  • Notificación: Si el extranjero está fuera del país, se notifica por exhorto consular (más lento)
  • Bienes en el extranjero: Pueden incluirse en la liquidación si el divorcio es judicial
  • Hijos en el extranjero: El convenio de tenencia/alimentos debe ejecutarse con apoyo del país donde residen
  • Calidad migratoria: El divorcio puede afectar la residencia del cónyuge extranjero si su calidad era por matrimonio con peruano
🛂 Migraciones tras divorcio internacional

Si la calidad migratoria del cónyuge extranjero era "Familiar de Residente Peruano" por el matrimonio, el divorcio afecta su residencia:

  • Plazo de gracia: Migraciones suele dar 90-180 días para regularizar a otra calidad migratoria
  • Cambio de calidad: Puede solicitar trabajador, estudiante, inversionista, etc., según su situación
  • Si tiene hijos peruanos: Mantiene derecho a calidad familiar (padre/madre de peruano)
  • Si pierde residencia: Debe regresar a su país o solicitar nueva calidad migratoria
  • Pensión y derecho a residir: Son temas separados; un divorcio no anula obligación de pensión
Confusiones frecuentes

8 mitos sobre el divorcio en el Perú 2026 — qué dice realmente la ley

Errores que circulan en foros, asesores informales y memorias familiares. Corregidos con el Código Civil + Ley 29227 + Casaciones de la Sala Civil Suprema vigentes 2026.

❌ Mito 1

"Tengo que esperar 2 años después de separarme para divorciarme"

✅ Realidad: Los 2 años aplican a la antigüedad del matrimonio (no de la separación) para divorcio municipal o notarial. La separación de hecho de 2 años es una causal del divorcio judicial (Art. 333 inc. 12 CC). Si tienen menos de 2 años casados y mutuo acuerdo, solo procede vía judicial.

❌ Mito 2

"En el divorcio la madre siempre se queda con los hijos"

✅ Realidad: FALSO desde 1993. El criterio rige es el interés superior del niño (Art. 9 Código Niños y Adolescentes). Para menores de 3 años hay preferencia materna NO automática. La tenencia se asigna al progenitor más idóneo. Hay tenencia compartida cada vez más común desde 2010.

❌ Mito 3

"Si no firmo el divorcio, no puede divorciarme mi pareja"

✅ Realidad: FALSO. Tu pareja puede iniciar divorcio judicial unilateral por causal (Art. 333 CC). La más usada: separación de hecho ≥2 años (≥4 con hijos menores). No firmes nada NO impide que te divorcien. Solo retrasa el proceso si te opones.

❌ Mito 4

"La pensión de alimentos es siempre el 30% del sueldo del padre"

✅ Realidad: FALSO. La ley NO fija un % específico. La pensión la determina el juez balanceando: necesidades del hijo + capacidad del obligado (Arts. 472-484 CC). En la práctica oscila entre 20%-60% del sueldo neto según número de hijos y situación.

❌ Mito 5

"Si me divorcio pierdo derecho a herencia"

✅ Realidad: Solo pierdes derecho a la herencia de tu excónyuge (Arts. 816, 822 CC). Tus hijos siguen siendo herederos forzosos de ambos padres sin importar el divorcio (Art. 818 CC). El divorcio NO afecta herencia de tus padres ni de otros familiares.

❌ Mito 6

"Si la casa está a mi nombre, es solo mía después del divorcio"

✅ Realidad: FALSO. Si la casa se compró durante el matrimonio bajo sociedad de gananciales (Art. 310 CC), es bien común sin importar a nombre de quién esté registrada. Se reparte 50/50. Solo es bien propio si: la compraste antes del matrimonio, la heredaste, te la donaron, o cambiaste a régimen de separación de patrimonios.

❌ Mito 7

"El divorcio notarial no necesita abogado"

✅ Realidad: FALSO. El divorcio notarial sí requiere que la minuta sea autorizada por abogado colegiado (Ley 29227 Art. 4). Los honorarios del abogado están incluidos típicamente en el paquete que ofrece la notaría. Lo que NO necesita es defensa procesal porque no hay juicio.

❌ Mito 8

"Después del divorcio puedo viajar libre con mis hijos al extranjero"

✅ Realidad: FALSO. Para sacar a menores del país necesitas autorización notarial del otro padre (norma específica varía — verifica la ley vigente sobre autorización de viaje de menores al hacer el trámite). Si el otro padre niega injustificadamente, debes solicitar autorización judicial de viaje ante juez de familia. El divorcio NO elimina la patria potestad compartida.

Caso 1 — Vía notarial

Caso: Ana y Carlos se divorcian por vía notarial — 3 meses, S/950 total

Ana (32) y Carlos (35) se casaron en 2022. Tienen una hija de 5 años (Sofia). Ambos quieren divorciarse, ya vivieron separados 8 meses y acordaron tenencia + visitas + pensión. La casa de Surco la compró Carlos antes del matrimonio (bien propio). Sueldos: Carlos S/4,500 / Ana S/2,800.

📋 Mes 1 — Convenio y aprobación juez de familia

Acuerdan convenio: tenencia para Ana, visitas Carlos fin de semana alternado + 1 día/semana + 50% vacaciones. Pensión Carlos S/1,200/mes (~27% sueldo).

  • Abogado de familia: S/500 para redactar convenio
  • Presentación juez familia: Gratuito (PJ)
  • Aprobación juzgado: 25 días hábiles
📜 Mes 2 — Notaría: minuta + escritura

Una vez aprobado el convenio, acuden a notaría con: convenio aprobado + actas matrimonio + DNI + declaración jurada de patrimonio (casa = bien propio de Carlos).

  • Honorarios notario: S/450 (paquete divorcio)
  • Tiempo en notaría: 15 días entre cita, minuta y escritura
  • Firma de escritura: Ambos presentes con DNI
🏛️ Mes 3 — Inscripción RENIEC + DNI

El notario envía parte al RENIEC. Tras 30 días, el divorcio queda inscrito.

  • Inscripción RENIEC: Automática (incluida en notario)
  • DNI nuevo Ana: S/30.50 (actualiza estado civil)
  • DNI nuevo Carlos: S/30.50
✅ Resultado final

Ana y Carlos quedan oficialmente divorciados al final del mes 3. Sofia se queda con Ana, Carlos paga S/1,200/mes, ve a Sofia regularmente. Casa de Surco queda 100% de Carlos (no era ganancial).

  • Total invertido: S/950 (abogado + notario + 2 DNI)
  • Plazo total: 3 meses
  • Resultado: Acuerdo amistoso, hija protegida, ambos pueden rehacer vida
Caso 2 — Vía judicial contenciosa

Caso: María demanda divorcio judicial contra Pedro por causal — 14 meses, S/3,800 total

María (38) lleva 12 años casada con Pedro (40). Pedro abandonó el hogar hace 3 años y se mudó con otra mujer (causales: separación de hecho 3 años + abandono injustificado). Tienen 2 hijos (10 y 14 años) que viven con María. Casa de Miraflores comprada juntos vale S/450,000 (ganancial).

📋 Mes 1-2 — Demanda + contestación

María contrata abogado de familia (S/3,000 paquete completo). Presenta demanda ante Juzgado de Familia con causal "separación de hecho 4 años" + petición tenencia, alimentos, gananciales.

  • Honorarios abogado: S/3,000 (paquete completo demanda + sentencia)
  • Tasas judiciales: S/150
  • Pedro contesta en plazo legal de 30 días
⚖️ Mes 3-10 — Audiencias y pruebas

Audiencia de saneamiento procesal, conciliación (sin acuerdo), pruebas (declaraciones, partidas RENIEC, registro propiedad, certificados ingresos).

  • Audiencias programadas: 3-4 a lo largo de 8 meses
  • Equipo multidisciplinario: Informe psicológico de tenencia (gratuito en PJ)
  • Visita social: Evaluación domicilio María
📜 Mes 11-13 — Sentencia + apelación

Sentencia 1ra instancia: divorcio fundado, tenencia María, pensión Pedro S/1,800/mes (40% sueldo S/4,500), casa 50/50 con preferencia adjudicación a María.

  • Pedro apela: Plazo 10 días (+S/500 abogado de María en apelación)
  • Sala Superior confirma en 2 meses
  • Sentencia firme: ejecutable
🏛️ Mes 14 — Inscripción + liquidación

Inscripción de sentencia en RENIEC + SUNARP. María inicia liquidación de gananciales con escritura pública.

  • Inscripción RENIEC: Gratuita
  • Escritura liquidación: S/450 notaría
  • Inscripción SUNARP casa: S/200
  • DNI actualizado María: S/30.50
ConceptoCuándoCosto María
Abogado paquete demanda + sentenciaMes 1S/3,000
Tasas judicialesMes 1S/150
Abogado apelaciónMes 11S/500
Notaría liquidación ganancialesMes 14S/450
Inscripción SUNARP casaMes 14S/200
DNI actualizadoMes 14S/30.50
Total María14 mesesS/4,330.50

Resultado: María obtiene divorcio + tenencia hijos + pensión S/1,800/mes + 50% casa S/225,000 (con preferencia adjudicación a ella). Pedro tiene régimen de visitas estándar. Si Pedro no paga, María denuncia por omisión asistencia familiar tras 3 incumplimientos.

Reloj jurídico — Arts. 2001 + Libro Familia CC

Plazos de prescripción de acciones de divorcio y derechos derivados

Cada causal y cada acción tiene su propio plazo de caducidad. Pasado el plazo, la acción se pierde aunque tengas razón. Conocer los plazos es clave para no perder derechos.

AcciónPlazoDesde cuándo se cuentaBase legal
Divorcio por adulterio6 meses (caduca) / 5 años (máximo)Desde conocimiento / desde el hechoArt. 339 CC
Divorcio por violencia6 meses / 2 años máximoDesde último acto de violenciaArt. 339 CC
Divorcio por separación de hechoNo caducaMientras subsista la separaciónArt. 333 inc. 12 CC
Divorcio por causal genérica imposibilidadNo caducaMientras subsista la causaArt. 333 inc. 11 CC
Acción de nulidad de matrimonio2 añosDesde celebración del matrimonio o conocimiento de la causaArt. 274 CC
Pensión de alimentos para hijos menoresImprescriptibleMientras el hijo sea menor de 18 (28 si estudia)Art. 481 CC
Modificación de pensiónEn cualquier momentoCambio de circunstancias económicasArt. 482 CC
Cobro de pensiones devengadas (impagas)2 años desde cada cuotaDesde vencimiento de cada cuota mensualArt. 2001 inc. 4 CC
Acción de tenencia/régimen visitasEn cualquier momentoHasta los 18 años del menorArt. 81 CNA
Liquidación sociedad de gananciales2 años desde inscripción del divorcioDesde inscripción RENIECArt. 2001 inc. 4 + Art. 318 CC
Indemnización cónyuge perjudicadoSe solicita en la misma demanda de divorcioArt. 345-A CC
Reconocimiento sentencia extranjera (exequatur)No caducaMientras la sentencia esté vigente en su origenArt. 2102 CC

Atención al plazo crítico: Las causales de adulterio, violencia, injuria y enfermedad ETS caducan a 6 meses desde conocimiento — si pasas ese plazo, ya NO puedes demandar por esa causal específica. Por eso si vas a demandar por causal, actúa rápido tras tener pruebas.

Estrategia recomendada: Si el cónyuge incurrió en alguna causal pero ya pasaron los 6 meses, aún puedes demandar por "imposibilidad de hacer vida común" (Art. 333 inc. 11 CC, no caduca) usando la conducta como evidencia, o esperar a cumplir 2 años de separación efectiva para usar la causal 12 (separación de hecho) que es la más confiable.

Cluster familia + divorcio

Todos los trámites relacionados con divorcio y familia en Perú

11 trámites del ecosistema divorcio con guía propia. Costos verificados, plazos reales, links a plataformas oficiales.

Requisito procesal obligatorio

Conciliación previa obligatoria en el divorcio judicial — Ley 26872 + DLeg 1070

Antes de presentar una demanda judicial de divorcio (o de alimentos, tenencia o régimen de visitas), las partes están obligadas a intentar una conciliación previa en un Centro de Conciliación Extrajudicial autorizado por el MINJUSDH. Sin esta acta de conciliación, la demanda judicial es inadmisible.

AspectoDetalle
Base legalLey 26872 (Ley de Conciliación) + DLeg 1070 + DS 014-2008-JUS (reglamento)
Cuándo aplicaAntes de demanda judicial por: divorcio por causal, alimentos, tenencia, régimen de visitas, liquidación de gananciales
Cuándo NO aplicaDivorcio municipal y notarial (no hay demanda); medidas cautelares urgentes (violencia familiar)
Dónde se haceCentro de Conciliación Extrajudicial autorizado por MINJUSDH (privados con tarifas reguladas o gratuitos vía DEMUNA/MIMP)
Costo conciliador privadoS/40-S/120 según escala MINJUSDH (depende de la materia)
Costo conciliador DEMUNA/MIMP/ALEGRAGratuito (para personas de bajos recursos)
Plazo30 días desde la convocatoria. Si la parte contraria no asiste 2 veces, se emite acta de inasistencia
Resultados posibles(1) Acta con acuerdo: mismo valor que sentencia judicial. (2) Acta sin acuerdo: permite demandar judicialmente. (3) Acta de inasistencia: permite demandar judicialmente
Inscripción del actaSi hay acuerdo: se inscribe en SUNARP (si afecta bienes) y RENIEC (si afecta estado civil/hijos)
Caducidad del acta sin acuerdo6 meses para presentar la demanda judicial; después, hay que conciliar de nuevo

Cómo conciliar:

  • Solicitar conciliación: Acudes al Centro con DNI + descripción del conflicto + datos del otro cónyuge (DNI + domicilio)
  • Notificación: El Centro notifica al otro cónyuge para asistir a la audiencia (10-15 días)
  • Audiencia: Las partes exponen su posición ante el conciliador (abogado autorizado); este propone soluciones
  • Asistencia obligatoria: Si una parte no asiste a 2 audiencias, el conciliador emite acta de inasistencia y se levanta el obstáculo procesal
  • Si hay acuerdo: Se firma acta con valor de sentencia ejecutable — evita ir a juicio
  • Si no hay acuerdo: Se emite acta sin acuerdo y puedes demandar judicialmente

Ventaja estratégica: Una conciliación exitosa ahorra 6-24 meses de juicio y S/2,000-S/5,000 en honorarios de abogado. Aunque sea solo un trámite obligatorio, intenta llegar a un acuerdo serio en la audiencia — muchos conflictos de divorcio se resuelven aquí.

Atención gratuita del Estado

DEMUNA, MIMP y defensa pública gratuita: divórciate sin pagar abogado

Si no tienes recursos para pagar abogado, el Estado peruano ofrece atención gratuita en derecho de familia, violencia, conciliación de alimentos y tenencia. Tres canales principales: DEMUNA del municipio, MIMP (línea 100) y defensa pública del MINJUSDH.

👨‍👩‍👧 DEMUNA (municipal)

Defensoría Municipal del Niño y Adolescente — oficinas en TODOS los municipios del Perú. Atención gratuita en conflictos de familia que involucren menores.

  • Qué hace: Conciliación de alimentos, tenencia, régimen de visitas, reconocimiento voluntario
  • Costo: 100% gratuito
  • Quiénes atiende: Cualquier persona, sin tope de ingresos
  • Acta de conciliación: Valor de sentencia judicial — ejecutable
  • Personal: Abogado defensor + trabajadora social + psicólogo
  • Plazo de atención: 1-2 semanas para cita

Para divorcio: No tramita el divorcio en sí, pero concilia los efectos (alimentos, tenencia) — luego llevas el acta al notario/PJ.

📞 MIMP — Línea 100

Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Atención 24/7 para violencia familiar, sexual y casos de divorcio relacionados con violencia.

  • Línea 100: Llamada gratuita 24 horas desde cualquier teléfono
  • Centros Emergencia Mujer (CEM): 240+ centros a nivel nacional
  • Atención: Psicológica, legal, social — gratuita
  • Medidas urgentes: Orden de protección 24h (sin necesidad de demanda previa)
  • Acompañamiento: En denuncia PNP, exámenes médicos, procesos judiciales
  • Hogares refugio: Para víctimas en riesgo inmediato

Para divorcio: Ideal si el divorcio está motivado por violencia — preparas el expediente con su asesoría gratuita.

⚖️ ALEGRA — Defensa Pública gratuita

Asistencia Legal Gratuita del MINJUSDH (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos). Defensor público que patrocina TODO el juicio gratis.

  • Requisitos: Acreditar carencia de recursos (constancia SISFOH o evaluación socioeconómica del MINJUSDH)
  • Cobertura: Demanda + audiencias + apelación + casación (proceso completo)
  • Costo: 100% gratuito incluido honorarios + tasas judiciales
  • Materias: Familia (divorcio, alimentos, tenencia), penal, civil de menor cuantía
  • Sedes: En cada Corte Superior del país
  • Calidad: Abogados con experiencia, supervisados por la Dirección General de Defensa Pública

Cómo solicitar: Acude a la oficina ALEGRA más cercana con DNI + constancia SISFOH (pobre o pobre extremo) + descripción del caso. La asignación de defensor toma 5-15 días.

🏛️ Consultorio jurídico universitario

Las facultades de Derecho de varias universidades operan consultorios gratuitos atendidos por alumnos avanzados supervisados por profesores abogados.

  • UNMSM: Consultorio Jurídico — Cercado de Lima
  • PUCP: Consultorio Jurídico — San Miguel
  • UNFV: Consultorio Jurídico — Cercado
  • Universidades regionales: UNSA Arequipa, UNT Trujillo, UNSAAC Cusco, UNAP Iquitos
  • Costo: Gratuito (puede haber aporte simbólico por copias)
  • Limitación: No siempre patrocinan procesos largos, pero asesoran y redactan demanda

Recomendación: Combina ALEGRA (proceso judicial) + DEMUNA (conciliación alimentos) + MIMP (si hay violencia). Cobertura total sin gastar S/0.

Confusión muy frecuente

Disolución de la unión de hecho vs divorcio: claves para parejas no casadas en Perú

Si vives en unión de hecho (concubinato) y se acabó la relación, NO necesitas "divorciarte" porque nunca te casaste. Pero sí debes disolver formalmente la unión si quieres efectos legales (gananciales, sucesión, alimentos). Comparativa práctica.

AspectoMatrimonio (divorcio)Unión de hecho (disolución)
Documento que se disuelveActa de matrimonio civilActa de unión de hecho inscrita en SUNARP (Ley 30007)
Requisito previo de existencia formalActa de matrimonio en RENIECUnión inscrita o reconocida judicialmente (≥2 años convivencia, libres impedimento)
Vías de disoluciónMunicipal, notarial, judicialNotarial (mutuo acuerdo, Ley 26887) o judicial (si no hay acuerdo)
Régimen patrimonial por defectoSociedad de ganancialesSociedad de gananciales solo si la unión está inscrita (Ley 30007)
Liquidación de bienesObligatoria si hay ganancialesSolo si la unión está inscrita o reconocida judicialmente
Pensión de alimentos para hijosSí — Arts. 472-484 CCSí — mismas reglas (sin importar si la unión está inscrita)
Tenencia y régimen de visitasSí — CNA + Arts. 81-90Sí — mismas reglas (sin importar si la unión está inscrita)
Derecho hereditario del exparejaSolo si era cónyuge vigente (no por ex)Solo si unión inscrita y vigente al fallecer (Ley 30007)
Inscripción en RENIECCambia estado civil a "divorciado/a"NO cambia — los convivientes siguen como "solteros" en RENIEC
Costo totalS/200-S/5,000+S/300-S/1,500 (notarial) o S/1,000+ (judicial)

Riesgo de NO inscribir la unión de hecho: Si vivieron juntos ≥2 años pero NO inscribieron la unión en SUNARP, al separarse NO hay sociedad de gananciales automática. Los bienes quedan a nombre de quien los compró. La parte perjudicada debe demandar judicialmente el reconocimiento judicial de unión de hecho (6-18 meses, S/2,000-S/5,000) y recién después liquidar los bienes.

Recomendación si están en pareja sin casarse: Inscriban la unión de hecho en SUNARP — protege a ambos si la relación termina y a la pareja sobreviviente si uno fallece. Ver guía de unión de hecho propia inscrita.

Calculadora gananciales

Calcula tu mitad real al liquidar la sociedad de gananciales

Ingresa el valor total de los bienes comunes y las deudas comunes. La calculadora aplica las reglas de los Arts. 310 y 308 del Código Civil para determinar cuánto te corresponde realmente.

Resumen de inversión

Costos totales estimados del divorcio

El costo total depende de la vía elegida y de la complejidad de la situación patrimonial y familiar.

Divorcio municipal (vía más económica) — S/400 a S/1,000

Para parejas de mutuo acuerdo, sin hijos menores y sin bienes complejos que liquidar.

Desglose de costos (divorcio municipal)
  • Acta de matrimonio actualizada: S/16 — S/31
  • Actas de nacimiento (x2): S/32 — S/62
  • Derechos municipales de divorcio: S/200 — S/500
  • Abogado (firma de solicitud): S/200 — S/500
  • Actualización de DNI (x2, opcional): S/56 — S/86

Total estimado: S/448 — S/1,093

Tiempo total estimado: ~3 meses

Divorcio notarial — S/700 a S/2,000

Para parejas de mutuo acuerdo que prefieren la vía notarial por conveniencia.

Desglose de costos (divorcio notarial)
  • Acta de matrimonio actualizada: S/16 — S/31
  • Actas de nacimiento (x2): S/32 — S/62
  • Honorarios notariales: S/400 — S/1,200
  • Abogado (minuta): S/200 — S/500
  • Liquidación de bienes (escritura pública, si aplica): S/300 — S/1,000
  • Actualización de DNI (x2, opcional): S/56 — S/86

Total estimado: S/704 — S/2,879

Tiempo total estimado: 2 a 4 meses

Divorcio judicial — S/1,500 a S/10,000+

Para casos con hijos menores, desacuerdo entre las partes o divorcio por causal.

Desglose de costos (divorcio judicial)
  • Acta de matrimonio actualizada: S/16 — S/31
  • Actas de nacimiento (x2 + hijos): S/48 — S/120
  • Aranceles judiciales: S/50 — S/200
  • Abogado (proceso completo): S/1,000 — S/5,000+
  • Pericias y evaluaciones (si aplica): S/200 — S/1,000
  • Liquidación de bienes (judicial o notarial): S/500 — S/3,000
  • Conciliación de alimentos y tenencia: S/100 — S/500
  • Actualización de DNI: S/30 — S/41

Total estimado: S/1,942 — S/9,894+

Tiempo total estimado: 6 a 24 meses

Lo que siempre preguntan

Preguntas frecuentes sobre el divorcio en Perú

Las 6 preguntas más comunes de las personas que necesitan divorciarse.

¿Cuánto cuesta divorciarse en Perú?

El costo del divorcio en Perú depende de la vía elegida. El divorcio municipal es el más económico, con un costo total de S/400 a S/1,000 (incluyendo derechos municipales y abogado). El divorcio notarial cuesta entre S/700 y S/2,000 (honorarios notariales + abogado). El divorcio judicial es el más costoso, con un rango de S/1,500 a S/10,000 o más, dependiendo de la complejidad del caso, si hay disputa por bienes, tenencia de hijos y los honorarios del abogado. A estos costos se suman los trámites posteriores como la liquidación de bienes en SUNARP, la actualización del DNI en RENIEC y, si hay hijos, la fijación de la pensión de alimentos. Si no tienes recursos, puedes acceder a un abogado gratuito a través de los Centros ALEGRA del Ministerio de Justicia o la Defensa Pública.

¿Cuánto demora un divorcio en Perú?

El tiempo del divorcio varía según la vía. El divorcio municipal es el más rápido: aproximadamente 3 meses (15 días para la audiencia + 2 meses de plazo antes de solicitar el divorcio ulterior + días administrativos). El divorcio notarial toma entre 2 y 4 meses con un procedimiento similar. El divorcio judicial por separación convencional (mutuo acuerdo) demora entre 6 y 12 meses, dependiendo de la carga procesal del juzgado. El divorcio judicial por causal (contencioso) puede demorar entre 12 y 24 meses, y si hay apelación o casación, puede extenderse a 3 años o más. El factor que más influye en el tiempo es la carga procesal del juzgado y si hay acuerdo o disputa entre las partes sobre bienes y tenencia de hijos.

¿Necesito abogado para divorciarme?

Sí, en todas las vías de divorcio se requiere la intervención de un abogado. En el divorcio municipal, necesitas un abogado que firme (autorice) la solicitud de separación convencional presentada ante el alcalde. En el divorcio notarial, la minuta debe ser autorizada por abogado. En el divorcio judicial, es obligatorio contar con un abogado que patrocine el proceso (firme la demanda y asista a las audiencias). Si no tienes recursos económicos para contratar un abogado particular, puedes solicitar un defensor público gratuito en el Ministerio de Justicia (MINJUSDH) llamando al 0800-15-259 (línea gratuita) o acudiendo a un Centro de Asistencia Legal Gratuita (ALEGRA). También puedes buscar consultorios jurídicos gratuitos en universidades con facultad de Derecho.

¿Puedo divorciarme si tengo hijos menores de edad?

Sí, puedes divorciarte si tienes hijos menores de edad, pero la vía de divorcio se restringe. No puedes usar el divorcio municipal si hay hijos menores. Puedes optar por el divorcio notarial solo si ya existe un pronunciamiento judicial firme sobre la tenencia, el régimen de visitas y la pensión de alimentos de los hijos menores. La vía más común cuando hay hijos menores es el divorcio judicial, donde el juez de familia velará por el interés superior de los niños y fijará como parte de la sentencia la tenencia, el régimen de visitas y la pensión de alimentos. Si ambos padres están de acuerdo, pueden presentar un convenio regulador que incluya estas materias, lo que agiliza significativamente el proceso.

¿Qué pasa con la casa y los bienes en un divorcio?

Si se casaron bajo el régimen de sociedad de gananciales (que es el régimen por defecto en Perú), los bienes adquiridos durante el matrimonio son bienes comunes y deben repartirse en partes iguales (50/50) al divorciarse. Esto incluye la casa, departamento, vehículos, ahorros bancarios, inversiones y cualquier bien comprado con ingresos de cualquiera de los cónyuges durante el matrimonio, sin importar a nombre de quién estén registrados. Los bienes propios de cada cónyuge (adquiridos antes del matrimonio, herencias, donaciones) no se reparten. Si hay acuerdo sobre cómo repartir los bienes, la liquidación se formaliza ante notario por escritura pública. Si no hay acuerdo, el juez determinará la liquidación. La nueva titularidad de inmuebles debe inscribirse en SUNARP.

¿Qué es la sociedad de gananciales y cómo se liquida?

La sociedad de gananciales es el régimen patrimonial por defecto del matrimonio en Perú, regulado por los artículos 301 al 326 del Código Civil. Bajo este régimen, todos los bienes adquiridos por cualquiera de los cónyuges durante el matrimonio son de propiedad común de ambos en partes iguales. Al divorciarse, la sociedad de gananciales debe liquidarse obligatoriamente. El proceso de liquidación implica: (1) hacer un inventario de todos los bienes y deudas comunes, (2) pagar las deudas de la sociedad (hipotecas, préstamos, tarjetas de crédito), (3) dividir el remanente en partes iguales. La liquidación puede hacerse de mutuo acuerdo mediante escritura pública ante notario (la forma más rápida y económica) o por resolución judicial si hay desacuerdo. Es obligatorio liquidar la sociedad de gananciales antes de solicitar el divorcio municipal o notarial, o como parte del proceso judicial.

¿Cuánto cuesta un divorcio en Perú en 2026?

Divorcio municipal (mutuo acuerdo): S/100-200 de tasa + costos notariales. Divorcio judicial (con causa): S/1,000-5,000+ en honorarios de abogado + tasas judiciales. El divorcio municipal es más rápido (3-4 meses) y económico que el judicial (6-24 meses).

¿Descubrí infidelidad — debo demandar por adulterio (causal 1) o usar otra causal?

La causal de adulterio (Art. 333 inc. 1 CC) tiene plazo de caducidad muy corto: 6 meses desde conocimiento + máximo 5 años desde el hecho. Si pasaste el plazo, ya no puedes usar esta causal. Además es la causal más difícil de probar (necesitas evidencia directa: fotos, mensajes, testimonios). Alternativa más usada: demandar por separación de hecho ≥2 años (causal 12, no caduca) o por injuria grave / imposibilidad de hacer vida común (causales 4 y 11) usando los hechos del adulterio como evidencia. La causal 12 es la favorita de abogados porque requiere menos prueba (solo acreditar la separación efectiva) y no exige humillar al cónyuge en juicio.

¿Cómo se calcula la pensión si el obligado es informal o sin RUC?

Si el obligado no tiene RUC ni sueldo formal comprobable, el juez aplica criterio de "capacidad presunta" (Art. 481 CC). Valora: tren de vida (gastos visibles, vehículo, viajes), capacidad laboral (profesión, edad, salud), patrimonio observable. Fija pensión típicamente entre S/300 y S/800 por hijo, ajustable a las necesidades acreditadas del menor. Si el obligado oculta ingresos pero tiene tren de vida alto, el juez puede ordenar embargo de bienes y reportar al sistema bancario y SUNAT. Por incumplimiento, se aplica omisión de asistencia familiar (Art. 149 CP) con pena hasta 3 años y registro en REDAM.

¿Puedo cobrar pensión adeudada después de años?

Las pensiones de alimentos devengadas prescriben a los 2 años desde el vencimiento de cada cuota mensual (Art. 2001 inc. 4 CC). Esto significa que si el obligado dejó de pagar hace 5 años, solo puedes reclamar las pensiones de los últimos 2 años. Para evitar la prescripción: (1) Demanda penal por omisión asistencia familiar tras 3 incumplimientos consecutivos (Art. 149 CP). (2) Solicita medida cautelar de embargo de cuenta bancaria, sueldo o bienes. (3) Inscripción en REDAM bloquea trámites del obligado (brevete, pasaporte, SUNARP) — gran presión psicológica. (4) Si el obligado falleció, las pensiones devengadas son crédito contra su masa hereditaria.

¿El divorcio anula el testamento que hice durante el matrimonio?

El divorcio NO anula automáticamente el testamento, pero sí extingue las disposiciones a favor del excónyuge (Art. 743 CC). Si en tu testamento dejabas el tercio de libre disposición a tu esposo/a, esa disposición queda sin efecto al divorciarse. Sin embargo, las disposiciones a favor de hijos, padres u otros familiares siguen vigentes. Recomendación: Tras el divorcio, otorga un nuevo testamento para reflejar tu voluntad actual. Si tienes hijos del primer matrimonio y te recasas, el testamento es prácticamente obligatorio para proteger sus derechos. Ver guía: herencia y testamento en el Perú.

¿Puedo mudarme a otra ciudad o país con mis hijos después del divorcio?

NO sin autorización del otro padre. La patria potestad sigue siendo compartida tras el divorcio (Art. 418 CC). Para sacar a un menor del país necesitas autorización notarial del otro padre (referencia: Ley 32191 sobre apostilla y permisos de viaje de menores — verifica la norma vigente al momento del trámite). Si el otro padre niega injustificadamente, debes solicitar autorización judicial de viaje ante juez de familia (S/500-S/1,500, 1-3 meses). Para mudarte a otra ciudad dentro del Perú con los hijos, técnicamente no necesitas autorización formal pero debes mantener el régimen de visitas — si la mudanza dificulta las visitas, el otro padre puede solicitar modificación del régimen o incluso variación de tenencia.

¿Cuánto cuesta el divorcio si soy de bajos recursos y uso ALEGRA del MINJUSDH?

El servicio de defensa pública gratuita del MINJUSDH (referido habitualmente como ALEGRA / Asistencia Legal Gratuita) es 100% gratuito para personas que acrediten carencia de recursos económicos. Cubre: redacción de demanda + patrocinio en audiencias + apelación + casación. Requisitos: DNI + constancia SISFOH (clasificación pobre o pobre extremo) o evaluación socioeconómica del MINJUSDH. Sedes: Cada Corte Superior tiene oficina de Defensa Pública. Costo total estimado divorcio con ALEGRA: S/30.50 (DNI actualizado tras divorcio). Complementos: DEMUNA gratis para conciliación de alimentos, MIMP gratis si hay violencia. Tiempos pueden ser similares a abogado privado, pero la calidad varía según el defensor asignado.

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Contacto comercial: contacto@tramitesperu.com

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Escríbenos y te ayudamos a resolver tus preguntas sobre los requisitos, documentos y costos del divorcio en Perú. Cada semana agregamos nuevas guías y actualizamos la información.

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Equipo Editorial de Familia de TrámitesPerú VERIFICADO
División Familia + Registral + Notarial · Especialidad: Divorcio, alimentos, tenencia y régimen patrimonial
Última verificación: 10 jun 2026
Tiempo lectura: ~24 min
Fuentes oficiales: 8
Marco legal verificado:
Código Civil Arts. 332-360 (divorcio) Ley N.º 29227 (municipal/notarial) Ley N.º 27495 (separación de hecho) Ley N.º 27337 (CNA) Arts. 472-484 CC (alimentos) Art. 149 Código Penal (OAF) Ley N.º 28970 (REDAM) Ley N.º 30364 (violencia familiar)
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